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lali133
01/03/2015 17:50

aire acondicionado

¿Puede el Sareb imponer condiciones sobre la instalación de aire acondicionado en una comunidad de propietarios?

1.782 lecturas | 2 respuestas

buenas tardes, vera existe una instalación de aire acondicionado, y va al atico bueno donde esta la antena colectiva y hay una trampilla que esta en el descasillo que es zona comun y sin tener que entrar en el atico ni pedir  permiso al propietario para entrar. El local comercial ya instalo el aire acondicionado en esa zona donde esta la antena, antes de que hubiese constituida comulnidad ni se hubiera vendido el atico. Todos los pisos tiene la instalción de aire acondicionado y las tuberias van hacia arriba. Ahora una persona interesada en comprar el piso, le ha sujerido al vendedor que el sareb, que se ponga en los estatutos, cuando se cree la comunidad que no pongan el aire acondicionado ahi sino en los patios de luces. Los patios de luces hay poco espacio y los dormitorios de los pisos 1º y 2º dan al patio de luces así como los baños dan al patio de luces.

Puede ¿el sareb sin persona en la reunión de la constitución de la comunidad, solo por email enviado al administrador, pedri que se ponga en los estatutos esta condición? 

¿pero el tema del aire acondicionado no esta en el orden del dia?

Ese dia era para la constitución de la comunidad. 

¿se pueden poner aires acondicionados en el patio de luces? ¿ el ruido que genera y el aire caliente que produce? puede entrar por las ventanas de los dormitorios. 

El administrador dice que por diligencia que es por email se puede aceptar las condiciones que intenta imponer el sareb. 

Pero tambien me dice que eso no estaba en el orden del día.

¿usted que opina de todo esto?

gracias

 
Burofaxtor
Burofaxtor
08/03/2015 18:41

Tal y como lo describes, suena extraño. Seguro que el comunicado del Sareb se apoya en alguna normativa. A lo mejor donde se han colocado se incumple alguna ordenanza, o el ruido que genera a la vivienda supera con creces lo permitido.

Suerte

 
Anidagestion
Anidagestion
02/03/2015 11:06

Buenos días.

En primer lugar, para que algo sea aprobado en junta es imprescindible que figure como orden del día en la convocatoria a la misma.

Por otro lado, los aparatos de aire acondicionado pueden, en principio, instalarse en patios de luces. Pero habría que valorar todas la opciones y los perjuicios que se podrían ocasionar a otros vecinos.

Cualquier propietario (entiendo que "sareb" debe ser la inmobiliaria) puede solicitar -por email por ejemplo- al presidente (o al administrador si aún no hubiera presidente) incluir cualquier asunto como orden del día y, si se considera de interés para la comunidad, deberá incluirlo. Es importante resaltar que para cambiar o modificar los estatutos, deberá realizarse una votación con resultado unánime.

Además, en la junta para constituir la comunidad, no es aconsejable que se adopten decisiones que se salgan de lo imprescindible para su puesta en marcha, porque aún se desconocen cuales van a ser las necesidades reales. Por lo que será mejor esperar a la junta ordinaria para aceptar cosas como Estatutos.

Esperando haber sido de ayuda, recibe un cordial saludo.

Anida Gestión. Administración de Fincas en Madrid.
www.anidagestion.es
Ana San Miguel González. Ingeniero Agrónomo y Administrador Colegiado 10.461
Daniel Alfonso Pascual. Arquitecto técnico y Administrador Colegiado 10.462
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