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M
morenillocam
04/02/2016 09:54

¿Se puede establecer el turno rotatorio de cargos?

¿Es posible establecer un turno rotatorio en los cargos de la comunidad de propietarios?

4.035 lecturas | 6 respuestas

En mi comunidad que es pequeña tan sólo 10 propietarios,tan sólo 4 de éstos suelen acudir a las reuniones,dos de estos acumulan 4 de las 10 propiedades de la comunidad,con lo cúal a la hora de elegir nuevo presidente,vicepresidente etc se votan entre ellos de común acuerdo antes de celebrarse la reunión.Cómo los demás propietarios no quieren saber nada,los cargos se reparten entre ellos y entre ellas las responsabilidades en la cúal al hacer alguna actuación necesaria percibo amiguismo en las empresas contratadas etc..

 

Como propietario no veo la situación justa para mí y para los demás vecinos restantes,quería preguntar si es posible establecer un turno rotatorio en los cargos aún cuando dicho propietario no acuda o vote en la reunión.

 
AFBEZANILLA
AFBEZANILLA
15/02/2016 12:50

También aprovecho para formular una pregunta, si un propietario tiene dos propiedades, tiene dos votos o únicamente uno, por ejemplo, en el caso de plazas de garaje.

GARAJE A: 2,3% COEFICIENTE

GARAJE B: 1,7% COEFICIENTE

TIENE UN VOTO PERO LA SUMA DE LOS COEFICIENTES DE LAS DOS PROPIEDADES 4% COEFICIENTE.

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E
elbonsai
06/02/2016 22:33

Hola, si se puede, pero requiere unanimidad de los propietarios.

Un saludo

 
M
morenillocam
05/02/2016 12:44

elbonsai dijo:

Hola, los estatutos de su comunidad, si los hubiera, los puede localizar en el registro de la propiedad donde este inscrita su vivienda. En cuanto al tema de la presidencia, la ley dice que el cargo de presidente es obligatiorio y se puede decidir por turno, o elección. Dicho esto si usted u otro propietario quiere ejercer ese cargo, tiene derecho a ello, puesto que tanto en el turno rotativo como en el caso de la eleccion no se puede excluir a NINGUN propietario.

Un saludo

 

En el supuesto caso que al leer los estatutos pusiera que elige por sistema de votación,¿se puede cambiar esos estatutos para pasarlo a un sistema rotatorio de todos los vecinos?

 
B
Borni1974
05/02/2016 11:36

El problema es que tal vez y como están distribuidos los diferentes propietarios, aunque tú quieras ser presidente, en el caso de que no haya establecidos turnos rotativos, sino mediante sistema de votación, que dichas votaciones no te permitan ser presidente.

De todos modos, el ser presidente no te autoriza a hacer lo que quieras sin la aprobación de la junta y por ejemplo, en el caso de contratación de un servicio, deberían presentarse en junta varias propuestas y decidir la mejor entre todos. A veces pasa que el presidente presenta una oferta de un amiguete y si nadie se preocupa de presentar otras ofertas, pues el servicio se le adjudica al amiguete.

También aprovecho para formular una pregunta, si un propietario tiene dos propiedades, tiene dos votos o únicamente uno, por ejemplo, en el caso de plazas de garaje.

 
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elbonsai
04/02/2016 21:38

Hola, los estatutos de su comunidad, si los hubiera, los puede localizar en el registro de la propiedad donde este inscrita su vivienda. En cuanto al tema de la presidencia, la ley dice que el cargo de presidente es obligatiorio y se puede decidir por turno, o elección. Dicho esto si usted u otro propietario quiere ejercer ese cargo, tiene derecho a ello, puesto que tanto en el turno rotativo como en el caso de la eleccion no se puede excluir a NINGUN propietario.

Un saludo

 
M
morenillocam
04/02/2016 20:08

No se lo que pone los estatutos,nunca he accedido a ellos.¿Si dijeran  lo contrario se pueden modificar los mismos?

 

Fin del hilo
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