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u92lemom
19/02/2016 10:37

CLINICA ODONTOLOGICA EN COMUNIDAD DE VECINOS

¿Cómo solucionar la apertura de una clínica odontológica sin permiso en la planta baja de un edificio?

2.537 lecturas | 2 respuestas

Amigos del Foro, en mi comunidad han abierto al publico en la planta baja una clinica odontologica sin permiso de la comunidad, no solo eso sino que tambien ha utilizado las ventanas de la vivienda-clinica para poner el nombre de la clinica ocupando toda la ventana, tanto en la persiana cuando esta echada como en el cristal iluminada durante la noche para su mejor vision, igualmente al tratarse de una clinica en planta baja, la puerta del bloque se abre con mucha frecuencia con el consiguiente desgaste de la cerradura automica instalada, por ultimo ha ocupado el patio comun con mobiliario y otros elementos utilizados para su trabajo como dentista.

A pesar de haberle enviado diversos escritos comunicandole que la ley de propiedad horizontal contempla estos actos como no permitidos, y menos sin la autorizacion de la comunidad, hace caso omiso a estes escritos.

Como me recomendais que resolvamos esta situación que ya dura algun tiempo.

En espera de vuestras noticias, os saludo atte.
 

 
lydgestores
lydgestores
26/02/2016 14:09

Para dar la mejor respuesta habría que tener toda la información, como le comentaban si es vivienda de planta baja o local, si tiene uso y disfrute del patio, los estatutos de la comunidad dónde se puede especificar si se puede tener actividad comercial o no dentro de viviendas ya que determinadas actividades pueden llegar a estar restringidas,etc.

 

Sobre el perjuicio causado, habría que justificar que esté causado por la clínica, cosa que es dificil y tendría valor si lo hiciera un perito y se le diera validez mediante un informe fotográfico notarial, cosa que cuesta un dinero y muchas veces hace que no merezca la pena.

Saludos

LyD Gestores
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elbonsai
19/02/2016 22:15

Hola, tendremos que diferenciar entre si la clinica se ha instalado en una vivienda, o por el contrario en un local comercial. Ya que con relación a la comunidad las responsabilidades son diferentes. En cuanto al patio, tendremos que saber si tienen el uso y disfrute del mismo o no, sin olvidar que si tienen ese uso y disfrute, también habrá que saber si hay limitaciones al mismo en cuanto a la colocación de enseres en el mismo. Estas cosas hay que mirarlas cuando se realizan las obras, pues hacerlo a posteriori siempre suele ser mas complejo y casi siempre esa complejidad supone gasto economico.

Un saludo

 

Fin del hilo
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