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A
Atapuercaboy
08/05/2017 22:41

Venta de bajos y derechos

¿Qué derechos tenemos como propietarios ante la venta de las plantas bajas en nuestra comunidad de vecinos?

2.029 lecturas | 7 respuestas

Soy propietario de un piso en Valencia y en reunión extraordinaria se nos ha comunicado que el dueño de las plantas bajas las ha vendido. Hasta ahora, el antiguo propietario estaba exento del pago de gastos de ascensor y escalera, aparte de que esto estaba reflejado en los estatutos de la comunidad de vecinos y en las escrituras de los propietarios. El nuevo propietario sin asistir a ninguna reunión a la que le hemos llamado, quiere poner un extractor para un w.c, afectando a un deslunado al que dan 3 viviendas, y nos pide mayoría absoluta para poder él hacer las obras. Como no a asistido a ninguna de las reuniones no le hemos aprobado su proyecto y le hemos comentado que ahora debería de pagar los gastos de ascensor y unas obras que se han efectuado después de la venta de los inmuebles, pues los estatutos no dicen nada sobre el nuevo propietario, sino del viejo. Y el antiguo propietario nos ha venido con un anexo efectuado meses después del escrito de los estatutos y del cual los demás propietarios no tenemos copia en el que dice que incluidos los nuevos propietarios, todos están exentos de estos pagos.

¿Qué podemos hacer al respecto? Le hemos comunicado que si quiere permiso de obras lo pida al ayuntamiento.

Que derechos tenemos y cuales no?

 
J
juno4
09/05/2017 21:15
El patio de luces es una zona común aunque se ceda el uso. Por lo tanto no existe como tal una cesión de la propiedad ya que no es de ningún piso sino de todos.

Con respecto al local, el estatuto va a misa. No entiendo ese interes por endosarle al local gastos que no le corresponden como el ascensor que no usa o la limpieza de la escalera a la que no tiene derecho de acceso. Piense que la situación fuera al contrario.
 
A
Atapuercaboy
09/05/2017 20:03

Patio de luces, y deslunado es propio y casi exclusivo de la zona levantina.

http://cvc.cervantes.es/foros/leer_asunto1.asp?vCodigo=28981

Gracias por vuestras respuestas.

 
B
Blont
09/05/2017 15:49

Perdone pero la palabra deslunado no existe en castellano. 

De cualquier forma las obras realizadas sin permiso del ayuntamiento, caducan a los cuatro años

Lea este link

http://www.eleconomista.es/opinion-legal/noticias/6882285/07/15/Las-diferencias-entre-caducidad-y-prescripcion-urbanistica.html

 
A
Atapuercaboy
09/05/2017 14:45

La obra que se pidió permiso a los demás propietarios era de un deslunado.

En un principio ese deslunado se compartía entre dos vecinos con una pared por medio, pero un antiguo propietario de uno de los pisos, dono sin papeles ni nada, ese deslunado al otro.

Con la venta y compra por parte de un nuevo inquilino, se pidió que volviera a estar esa pared. No se pidió permiso alguno de obras, solo permiso a los demás propietarios para efectuarla.

 
B
Blont
09/05/2017 12:29

aparte del permiso de obras del ayuntamiento, necesita la conformidad de la comunidad, y desde luego la palabra obligar, huelga.

usted dice que “”el antiguo propietario estaba exento del pago de gastos de ascensor y escalera, aparte de que esto estaba reflejado en los estatutos de la comunidad de vecinos y en las escrituras de los propietarios”

Lo que viene descrito en las escriturasva a misa, por lo cual el local, olvidesé del propietario,( la escritura es del local no de la persona) no tiene que contribuir a los gastos que vengan inscritos en las escrituras.

por lo indicado el propietario del local solo tiene que mostrar las escrituras, no necesita para nada las dos páginas del anexo.

referente a las obras realizadas, pues presentar quejas por obras realizadas, no significa nada, otra cosa es que presente denuncia por ello.

Pero claro usted no indica que tipo de obras han sido y si han afectado a zonas comunes, tenian el permiso de la comunidad para realizarlas.

Que quiere decir con  “”permisos que se han aprobado con firma de cada vecino propietario para pequeñas obras.””

 

 

 

 

 
A
Atapuercaboy
09/05/2017 09:45

Hola. Gracias por la respuesta.

Aparte, lo que queiro saber, es si el anexo de 2 páginas que tiene el propietario y que no está en los estatutos tiene alguna fuerza para exigirnos su negativa a los pagos comunitarios.

Aparte de eso, el nuevo propietario de los bajos, me amenaza a mi y a los demas propietarios con que sino le damos el permiso, presentar quejas de obras supuestamente sin permisos que se han efectuado en la comunidad, permisos que se han aprobado con firma de cada vecino propietario para pequeñas obras. Tengo que decir que, el nuevo propietario es un arquitecto, y que el bajo se lo ha comprado para su hijo.

 
ADASgestion
ADASgestion
08/05/2017 22:53
En los estatutos se recogerá los gastos que no se repercuten al Local. No van a hacer referencia con nombre y apellidos al propietario del Local.
Que solicite la licencia al Ayuntamiento me parece correcto.
ADASGestión (Administración de Fincas y Asesoría Jurídica)
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