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Neu71
20/06/2017 18:41

Costes de un Burofax

¿Me puede cobrar la comunidad el coste de un burofax enviado a mi inquilino?

3.664 lecturas | 5 respuestas

Hola a todos,
actualmente resido en el extranjero y tengo alquilado mi piso en España.
En una reunión de vecinos la comunidad decidió enviarle un burofax a mi inquilino para que retirase unos objetos que había dejado en la terraza, zona comunitaria. Se le envió el burofax sin aviso verbal previo y sin que se me contactase antes a mí como propietario del piso.
Mi sorpresa ha sido que en la siguiente reunión (yo estoy ausente por no residir en España) la comunidad ha decidido por unanimidad que yo me haga cargo de los gastos del burofax, que ascienden a 26 euros.
Por lógica, yo diría que el pago del burofax debe descontarse de las cuentas de la comunidad, ya que entiendo que es un gasto de la comunidad y no es necesario un burofax para avisar a un vecino de un tema tan trivial (normalmente se utiliza para casos de impago).
¿Estoy en lo cierto?
En caso afirmativo, ¿está este hecho reflejado legalmente en algún artículo de la ley o algo parecido? Lo digo para poder reclamar con base jurídica a mi Administrador.

Gracias de antemano

 
N
Neu71
22/06/2017 18:53

Gracias por su respuesta Asoin.

Entonces entiendo que lo que puedo alegar en mi defensa, es:
- No se me consultó a mi como prpietario antes de enviar el burofax a mi inquilino.
- El envío del burofax no ha sido aprobado por la comunidad de vecinos
- El coste del burofax es un gasto de la comunidad, y no mío.

¿Es eso cierto?
¿Algo más que aportar u otro punto de vista de los usuarios que visitan este foro?

Saludos y muchas gracias por la ayuda brindada

 
Asoin
Asoin
22/06/2017 00:38

Efectivamente, como dice Blont la vía de comunicación es con el propietario por lo que si que deberían haber contactado con usted. 

En cuanto al burofax, para tener efectividad judicial si que sería necesario haberlo acordado en junta de propietarios dando poderes al Presidente para nombrar o designar abogado y procurador si se emprendieran acciones judiciales ya que con la demanda se aportaría el acuerdo y el burofax remitido. Ahora bien, si la finalidad del burofax es la de avisarle del problema existente, sin intencion futura de reclamar judicialmente podría considerarse quizá como un gasto ordinario de la comunidad y si en la siguiente reunión se aprueban los gastos anuales pues no pasaria nada . Otra cosa es que el gasto “comunitario” del burofax ( adoptado además unilateralmente por el Presidente) lo tuviera que pagar usted porque en ese caso no sería correcto. 

 
N
Neu71
21/06/2017 16:07

Gracias por la respuesta, Asoin.
De lo que acabo de darme cuenta es que no se aprobó por la Comunidad enviar el burofax, sino que según se me remitió en una carta, un vecino se quejó al presidente de los muebles en el espacio comunitario, y este último le comunicó al administrador que enviase un burofax al inquilino.
¿Cambia esto las cosas al no haber consultado el presidente a la Comunidad un coste que podía haberse evitado contactando conmigo o con el inquilino?

Hola Blont,

según lo que me comenta: “Comunidad, propietario, inquilino”, ¿deberían haber contactado conmigo antes de enviar el burofax?

Saludos y gracias de antemano

 
B
Blont
21/06/2017 14:53

Hay que tener en cuenta, que la via de comunicacion en este caso es:

Comunidad, propietario, inquilino

 
Asoin
Asoin
21/06/2017 14:20

Buenos días: 

Desde mi punto de vista yo considero que antes de enviar un burofax si es cierto que podía haber avisado verbalmente para solucionarlo sin necesidad del burofax. 

Desde luego , para la comunidad es más costoso y latoso tener que enviar un burofax. Si lo hacen es porque estarán cansados que en la práctica cuando se avisa a un vecino de cometer una actividad molesta o que está en contra de los estatutos, luego al final suponga una pérdida de tiempo y que el propietario no cambie su actitud. 

En estos casos de ocupar una zona común con bienes privados , seguramente el mandar un burofax es para dejar constancia de notificación de forma fehaciente. Y hace falta esa comunicación fehaciente porque en caso de no solucionarse extrajudicialmente si se puede acudir a los Juzgados en busca de una sentencia que obligue al propietario a quitar dichos bienes privados. 

Por tanto, es reclamable judicialmente y no es un tema trivial. Los asuntos más triviales si se van de las manos se convierten en un problema. Si la comunidad no adopta medidas al final la comunidad se acaba convirtiendo en una selva. 

No digo que vayan a poner una demanda pero sí puede que se “guarden las espaladas” teniendo una notificación fehaciente de haberle avisado que quite esos bienes personales o privados de la zona común por si en un futuro tengan que tomar medidas judiciales. 

Desde este punto de vista, yo creo que si está justificado el pago por el propietario de dicho burofax ya que el resto de propietarios no ha originado el problema. 

En cuanto al artículo de la Ley de Propiedad Horizontal donde encuadrarlo , yo diría que en el art. 7.2 LPH . Espero haberle ayudado a resolver la duda. 

 

Fin del hilo
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