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txanta
txanta
05/09/2017 19:52

Tengo que abonar las cuotas sin pagar de la piscina?

¿Quién debe pagar las cuotas de la piscina en un piso comprado libre de cargos?

1.653 lecturas | 6 respuestas
Recientemente he comprado un piso "libre de cargos". Cuando comienzo con la mudanza me entero que debo (el piso) 420 euros en cuotas de piscina (las de comunidad están al día).

Ahora la comunidad me comenta que si quiero disfrutar de la piscina debo abonar esa cantidad.

Para mi la lógica es que:
A- lo debería pagar el anterior dueño ya que me ha vendido el piso como "libre de cargos"
O bien
B-yo debería comenzar a pagar las cuotas desde 0.


Un saludo a todos y gracias por vuestro tiempo.
Editado por txanta 05/09/2017 19:53
 
B
Blont
07/09/2017 12:16

perdone que insista, pero si intentamos ayudar, necesitamos saber datos, que se los preguntamos y usted sigue sin responder.

la piscina pertenece a la comunidad, o sea figura en la escritura de obra nueva y división horizontal del edificio, o es un ente aparte?

 
txanta
txanta
07/09/2017 03:00

No me habia fijado. Me lo reclama la “administración de fincas”. Una entidad externa que es la que lleva las cuotas de la piscina.


Editado por txanta 07/09/2017 3:01
 
B
Blont
07/09/2017 00:50

De las 4 preguntas que le hago, solo contesta a tres, porque?

 
txanta
txanta
06/09/2017 23:59

La piscina se paga “a mayores”. Quien la quiera disfrutar la paga. El propietario no la queria disfrutar, por lo tanto no la pagaba. Ahora me reclaman 420 euros (atrasos) para poder disfrutar yo de la misma.

 
B
Blont
06/09/2017 16:35

A usted quien le reclama los 400€?

La piscina no es comunitaria?

Si no lo es, sera una especie de sociedad que te haras socio, y esa deuda entonces no va contra la vivienda

Que es eso de que la piscina hay que pagarlas a mayores?

 

 
txanta
txanta
05/09/2017 23:38

Ok. Entiendo eso. Mi problema es que en el contrato de compraventa tengo un documento que me garantiza que el inmueble esta libre de cargas. Expedido por la secretaria/administradora de la comunidad de propietarios. 

La piscina hay que pagarla a mayores para poder disfrutarla. Entiendo que en el documento me acreditan que esta libfre de cargas, ya que la piscina es “opcional”. Algo que yo desconocía. 

Si es opcional,¿Por que se considera como deuda del inmueble?

De nuevo gracias por tu tiempo pasacero

 

Fin del hilo
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