Hola! Soy nuevo en este foro y os expongo una duda.
Hace poco, abrieron un bar en los bajos comerciales de mi edificio con una entrada principal desde la vía pública, y una puerta auxiliar que da a la zona común. Hay un cartel en esta zona común que indica claramente que “está prohibido el acceso a toda persona no residente”.
Los cocineros y camareros tienen la costumbre de acceder a la zona común por la puerta auxiliar para tomarse su descanso mientras fuman, dejan las colillas en las jardineras y dan voces, molestando a algunos vecinos cuyas dormitorios quedan justo encima de donde se ponen ellos.
Nos quejamos al Administrador y al Presidente de la Comunidad, pero nos dice que como el bar paga la comunidad, ellos tienen derecho a hacer uso de la zona común. Yo creo que, aunque paguen comunidad como local comercial, NO son residentes y, por tanto, no tienen derecho a hacer uso de la zona común. ¿Qué opináis vosotros? En las normas de la comunidad, se indica claramente que no pueden haber ruidos desde las 22h hasta las 8h. Los cocineros están molestando hasta bien pasadas las 23h y no nos deja descansar. Dijeron que les avisarían y parece que, o no han hecho nada, o no les hacen caso. Si algún vecino les llama la atención, se ríen de él.
¿Algún consejo? ¿Realmente tienen derecho a hacer uso de esa zona común?
Muchísimas gracias.