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Bellotero96
09/06/2018 10:30

Administrador sin contrato

¿es legal que el administrador abandone su cargo sin comunicarlo a la comunidad?

8.129 lecturas | 23 respuestas

Hola a todos hace tres años llegamos a una nueva comunidad la cual era gestionada por una administradora colegiada, al cabo de dos años esta señora se unió con otros dos administradores y creó una sociedad limitada, al parecer por desavenencias la ha abandonado y ahora los vecinos no etán conformes con la gestión de la nueva administración pues hay muchos gastos sin justificar y el nuevo administrador se niega a facilitar facturas y contratos. Yo he preguntado a los vecinos si alguien ha firmado contrato alguno con ese administrador o con esa sociedad limitada y nadie lo ha hecho, ni siquiera el presidente en esa etapa. Mi pregunta es si esa señora al crear una sociedad limitada no debería haber suscrito un nuevo contrato de trabajo con la comunidad del edificio? ¿es legal que abandone la adminstracion sin comunicarlo y ceda la misma a sus ex socios? Muchas gracias.

 
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PuertoSanta
16/08/2019 18:48
No ya tener trabajadores sin asegurar es muy español total mente legal . Eso seguro.
 
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MRV
16/08/2019 09:12

Esa persona que ayuda a la Administradora tiene un contrato de trabajo, verbal o escrito, con la Administradora, no con la Comunidad.  Por ello, si está registrada con la Seguridad Social o no es problema de la Administradora pero no de la Comunidad.  Aún así, Vds. pueden denunciar la irregularidad a la Seguridad Social, pero no den por seguro que la Seguridad Social vaya a investigar si no le aportan ninguna prueba de la irregularidad, que obviamente Vds. no tienen.

Si en su Comunidad están recibiendo un servicio adecuado por parte de la señora empleada de la Administradora, no van a ganar nada haciendo una denuncia que casi seguramente no irá a ninguna parte y ni siquiera si la Seguridad Social impone una multa a la Administradora, tampoco veo que esto sea beneficioso para la Comunidad.

Si el servicio no es adecuado, entonces los que tienen que hacer es cambiar a la Administradora nombrando a alguien que les proporcione mejor servicio.

 
P
PuertoSanta
16/08/2019 07:14
Hola una cosa que no aclare esque lleva 12 años ejerciendo de administrador y no sabemos su nombre en el acta de la reunió solo aparece el nombre de la administradora real y no el sullo como representante de el administrador seguramente no estará dada de alta y está ejerciendo un trabajo sin cotizar ni creo que eso sea muy legal o alomejor si ???
 
carolinevega
carolinevega
13/08/2019 15:39

Es muy normal y corriente que a las juntas no vaya el administrador y vaya en su lugar el oficial, eso me ocurre amí con tres administradores.

Debe tener en cuenta que una oficinaxde admknistracción puede tener más de 100 clientes, y un administrador no puede acudir.

Es totalmente legal. 

Si no conocen su nombre, pues al principio de la junta se le indica que se presente y no existe mayor problema.

Las cuentas normalmente no las lleva el administrador, las lleva el oficial.

Si la persona que acude a la junta este o no este asegurada, nunca será problema de la comunidad.

Figese mejor del servicio que les presta en lugar de quien acude a las juntas

 
P
PuertoSanta
13/08/2019 07:20
Entonces es legal que una persona desconocida venga en presentación de la administración sin identificarse y que lleve las cuentas de la comunidad y que toma notas de lo que se cita en las reuniones no lo veo lógico cuando nosotros cuando no podemos asistir tenemos que poner nombre y apellido a quien nos representa y aparte me parece de muy poco profesionalidad lleva 12 años y a la administradora contratada no la conocemos 12 años una persona trabajando sin saber si está asegurada que supongo que no porque parece la madre estafando a la seguridad social y a todos los españoles y no tiene importancia de alguna manera se podrá denuncia y eso es lo que quiero saber .
 
P
PuertoSanta
13/08/2019 07:17
Entonces es legal que una persona desconocida venga en presentación de la administración sin identificarse y que lleve las cuentas de la comunidad y que toma notas de lo que se cita en las reuniones no lo veo lógico cuando nosotros cuando no podemos asistir tenemos que poner nombre y apellido a quien nos representa y aparte me parece de muy poco profesionalidad lleva 12 años y a la administradora contratada no la conocemos 12 años una persona trabajando sin saber si está asegurada que supongo que no porque parece la madre estafando a la seguridad social y a todos los españoles y no tiene importancia de alguna manera se podrá denuncia y eso es lo que quiero saber .
 
P
PuertoSanta
03/08/2019 11:18
En mi comunidad ocurre igual desde hace 11 años no conocemos a el administrador y la señora que viene a las reuniones tampoco conocemos su nombre eso es legal yo supongo que en el acta debería de venir también el nombre de la representante de la administradora
 
P
PEPE123
17/11/2018 21:22
"Pues mire, a mí me daría más confianza qué tuviera su titulación y además estuviera colegiado, por lo primero sabría más por dónde anda"
Parece que no quiere entenderlo, el título lo obtiene por tener un título universitario (por ejemplo, ¡licenciado en filología!), ¿de verdad cree que así sabrá más por donde anda?
 
G
galileo1954
17/11/2018 21:01

Pues mire, a mí me daría más confianza qué tuviera su titulación y además estuviera colegiado, por lo primero sabría más por dónde anda ,en cuanto a temas de comunidades y en lo segundo al estar colegiado si metiera la pata por alguna gestión respondería, así, ya estamos teniendo problemas con el porrateo aplicado con el tema del ascensor .

 
P
PEPE123
17/11/2018 18:52
Obviando el tema de los estudios en la Universidad de Alcalá de Henares.
Que a un licenciado en Geografía o Filosofía y Letras (y otros similares) le den el título de administrador de fincas pagando unos 600 euros es muy poco serio. ¿Usted confiaría en ese administrador? ¿Qué conocimientos tiene del mundo de las comunidades de propietarios? NINGUNO, salvo que tenga otros estudios sobre el tema, pero que al colegio de administradores se ka trae al pairo.
Repito, muy poco serio y profesiónal que se conceda el título de administrador de fincas por tener un título universitario, que en muchos casos no tiene nada que ver con la profesión.
 
M
morgaana
17/11/2018 15:14

PEPE123 dijo:
Lo del ministerio de FOMENTO mejor no lo comentamos.. En cuanto a tener conocimientos por el hecho de tener el título, le explico. En Madrid, por ejemplo, el título se lo dan (venden) por unos 600 euros, a los que tienen un título académico, ya sea abogado, economista, etc (en principio lógico) o licenciado en filosofía y letras o en geografía y otros tan pintorescos (grandes conocimientos del mundo de las comunidades de propietarios). Vamos, que los colegios de administradores de fincas y sus títulos, tal y como están planteados, son de auténtica risa. En realidad es una verguenza su existencia.
Le falta información, el título se lo dan pero por más de 600€, pero  los que no tienen título universitario, tienen que hacer un curso de tres años en la universidad de Alcalá donde les dan el título de Experto Inmobiliario y ya con él puede colegiarse como administrador de fincas

 
G
galileo1954
10/11/2018 21:13

Él decir que un administrador debe estar avalado  por el ministerio de fomento y colegiado, en primer lugar es porque de esa forma sabría  en todo momento llevar bien las cosas sin riesgo para la comunidad ,pues en mí caso ya me he visto en la necesidad de impugnar una junta en el juzgado ,por incumplimiento del título constitutivo ,ya qué por el tema de la instalación de un ascensor ha aplicado un porrateo qué favorece a 40 propietarios y nos perjudica a 14 por saltarse el título constitutivo, si este administrador hubiera mirado bien los estatutos de la comunidad y las escrituras de cada uno, hubiera visto qué el reparto qué a echo es totalmente desproporcionado, quiero pedir perdón por lo extenso de mi comentario. Gracias.

 
P
PEPE123
10/11/2018 20:23
Lo del ministerio de FOMENTO mejor no lo comentamos..
En cuanto a tener conocimientos por el hecho de tener el título, le explico. En Madrid, por ejemplo, el título se lo dan (venden) por unos 600 euros, a los que tienen un título académico, ya sea abogado, economista, etc (en principio lógico) o licenciado en filosofía y letras o en geografía y otros tan pintorescos (grandes conocimientos del mundo de las comunidades de propietarios). Vamos, que los colegios de administradores de fincas y sus títulos, tal y como están planteados, son de auténtica risa. En realidad es una verguenza su existencia.

 
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galileo1954
10/11/2018 12:08

Creo qué las cosas no son así, un administrador debe de tener título y estar avalado por el ministerio de fomento, además de estar debidamente colegiado ya qué de esta manera tiene un seguro de responsabilidad civil por las cosas mal echas, eso sería la forma más correcta de ejercer como administrador un administrador debe de tener conocimientos. Porque de otra manera puede ser administrador hasta el tato.

 
M
mp20oviedo
06/11/2018 11:06

La diferencia está en que si son miembros colegiados, dispondran de Seguro de Responsabilidad Civil suscrito por el Colegio, en los otros casos y sin despreciarlos, se juega a la ruleta rusa

 
carolinevega
carolinevega
26/08/2018 01:48

Pues absolutamente nada, dado que para ser administrador de fincas no es necesario que este avalado por nadie, y eso si lo tiene. La LPH no lo exige, lea el art.13.6

 
G
galileo1954
25/08/2018 22:00

¿ Y si el que dice ser administrador de fincas ,resulta que después de investigarlo ,no tiene título avalado por el ministerio de fomento, qué podemos hacer?

 
P
PuertoSanta
25/08/2018 13:29
Gracias por la respuesta asta ahora mismo solo he conseguido que contraté una empresa de jardinería porque el anterior era un tío si asegurar y contratado por ella y ahora mismo la limpieza los tiene igual contratada por la comunidad dice que asegurada por la comunidad y a trabajadores que ella misma elige creo que es un despropósito me gustaría que se pudiera contratar una empresa y que no saliera tan cara.
 
carolinevega
carolinevega
21/08/2018 09:39

Cuando se contrata un administrador, usted cree que el contrato se lee en junta?

Y pienso que la asistencia en junta de un empleado en lugar del administrador, es el mal menor, lo malo es que sea un mal administrador, que no de explicaciones, que acepte sobornos, que no elabore presupuestostos, que se crea dueño del edificio, que sea un satrapa, que autorize obras a propietarios, que no realize juntas, que no remita actas, que oculte datos, o sea las quejas que vienen todos los dias en todos los blogs.

 

 
carolinevega
carolinevega
21/08/2018 01:03

Me atrevo a decir que mas del 50% de administradores no acuden ellos a las juntas si son administradores con muchos clientes.

 

 
P
PuertoSanta
20/08/2018 18:24
Hola resulta de que la administradora de mi urbanización nunca acude a las reuniones y siempre viene la madre eso es legal se puede denunciar gracias
 
B
Bellotero96
10/06/2018 15:55

Es legal entonces que el admistrador de una comunidad pase su contrato a otro administrador asociado?

 
carolinevega
carolinevega
09/06/2018 21:05

Pues si no existe contrato, degenla y contraten a uno nuevo

 

Fin del hilo
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