Esa persona que ayuda a la Administradora tiene un contrato de trabajo, verbal o escrito, con la Administradora, no con la Comunidad. Por ello, si está registrada con la Seguridad Social o no es problema de la Administradora pero no de la Comunidad. Aún así, Vds. pueden denunciar la irregularidad a la Seguridad Social, pero no den por seguro que la Seguridad Social vaya a investigar si no le aportan ninguna prueba de la irregularidad, que obviamente Vds. no tienen.
Si en su Comunidad están recibiendo un servicio adecuado por parte de la señora empleada de la Administradora, no van a ganar nada haciendo una denuncia que casi seguramente no irá a ninguna parte y ni siquiera si la Seguridad Social impone una multa a la Administradora, tampoco veo que esto sea beneficioso para la Comunidad.
Si el servicio no es adecuado, entonces los que tienen que hacer es cambiar a la Administradora nombrando a alguien que les proporcione mejor servicio.