carolinevega dijo:
Cuando una persona con tanta vehemencia y seguridad afirma su posicionamiento, debe razonarlo apoyandose en la ley
Lola en que art. De que ley basa su posicion?
Porque es muy facil llevar la contraria y decir no, no, no, y no aportar pruebas
Carolina, es perder el tiempo. Uno lo compara con la terraza de un ático y otra se apoya en … nada. En fin, … una simple lectura del art.396 del CC debería dejarlo claro, pero solo debería.
“… las de portero electrónico y otras de seguridad del edificio, así como las de antenas colectivas y demás instalaciones para los servicios audiovisuales o de telecomunicación, todas ellas hasta la entrada al espacio privativo...”