Volver al foro
K
Kqa
14/04/2019 08:34

Buzones de la comunidad

¿Qué dice la normativa sobre los buzones de la comunidad?

1.701 lecturas | 2 respuestas

Hola, he comprado un piso mediante una inmobiliaria, después de haberse realizado una segregacion ya que el vendedor disponia de un piso con un local debajo  El vendedor disponía de un solo buzon con la identificación solo del piso. Resulta que ahora el vendedor se niega a que yo utilize su buzon y por supuesto colocar mi nombre. He hablado con el administrador y me dice que el presidente se niega a colocarme otro buzon a mi, por lo tanto no puedo recibir ningun correo postal, Que puedo hacer para enderezar esta situación?. Muchas gracias

 

 

 

 

 

 
F
Fixin
15/04/2019 09:22

Mejor facilitele la Ley 43/2010 de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal, es la que está en vigor.

 
carolinevega
carolinevega
14/04/2019 16:56

Busque en la Red normativa buzones en las comunidades

Luego se lo pasa al administrador, es obligatorio la instalación de buzones

DECRETO 1653/1964 de 14 de mayo por el que se aprueba el Reglamento de los 
Servicios de Correos, adaptado a las normas básicas contenidas en la vigente 
Ordenanza Postal. 
 

 

Fin del hilo
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento