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TORREALMADENA
15/09/2019 13:09

ACTUACION IRREGULAR DE PRESIDENTE DE COMUNIDAD

¿Cómo actuar ante la falta de un Presidente de Comunidad?

842 lecturas | 5 respuestas

Estoy un poco confuso por lo ocurrido en mi comunidad en la ultima junta ordinaria y os pido ayuda por ello:

Resulta que el presidente ha dispuesto de la tesoreria de la comunidad sin la autorizacion de la Junta de Propietarios, a pesar de haberle advertido que no podia hacerlo ha dispuesto de ella para realizar mejoras esteticas, ninguna de caracter urgente, lo curioso es que en la Junta anual presentamos los ingresos y los gastos comunicandole a los propietarios asistentes la actuacion del presidente, vulnerando los artº. 14 y 16 de la L.P.H. y los propietarios no le dan importancia y ademas el Presidente solicita que se cree una comision para comprobar las cuentas, para vuestra informacion, una vez comprobadas no se encontró nada anomalo dandolas por buenas.

Por otra parte, en el nombramiento de cargos, este presidente lleva 3 años, tendria que haber dejado el cargo, segun el artº. 13.7   de la L.P.H., no obstante, los propietarios lo confirman en el cargo.

Mi confusion esta fundamentada en que este Presidente ha cometido una falta que ha originado la creacion de una derrama para la tesoreria, ya que no habia efectivo para atender compromisos de pago anteriores y deberia de haber sido, como minimo reprobado por la ju unnta, la cual al mismo tiempo ha actuado contrra la ley.

Por otra parte, creo que la comprobacion de las cuentas, o auditoria, deberia de haberla efectuado personas externas a la comunidad, totalmente imparciales.

Quedo a la espera de que me aclareis la confusion y os mando un afectuoso saludo.

 
A
AltosMarbella
21/09/2019 12:50

Pasa lo mismo con los diputados. Se eleven para una legislatura pero pueden repetir cuantas veces les votemos.

 

Con el presidente de la comunidad pasa lo mismo y la ley es lógica. Hay que elegirlo cada año para evitar que un presidente se eternice …. salvo que se le vuelva a elegir.

 

 

 

 

 
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TORREALMADENA
21/09/2019 12:34

O sea, que podemos decir que la Ley, en este caso, no tiene sentido, o en la redaccion del articulo habria que poner “ excepto en los casos en que la comunidad reclame la continuidad del Presidente de por vida” mas o menos.

Gracias de nuevo por su respuesta.

 
A
AltosMarbella
21/09/2019 12:06

Salvo que los estatutos señalen otra cosas la LPH establece que la duración del “mandato” del presidente es de un año. Pero la LPH no indica ningún límite de “mandatos” de un presídente, puede serlo eternamente si cada año los vecinos le renuevan, 

 
T
TORREALMADENA
15/09/2019 18:45

Segun la L.P.H. si en los estatutos no figura que los cargos pueden ser por uno o mas años, que no lo contemplan, y la L.P.H. dice que los cargos deben de ser por un año, no puede ser presidente, los años anteriores ocupó la presidencia en nombre de otras propietarios, por lo que entiendo es que si la comunidad lo renombra y la Ley lo prohibe, no pasa nada, aunque los propietarios vayan contra la misma ley, que tambien lo contempla la propia Ley, no se puede ir contra la Ley.

El Presidente hace lo que le parece, contrata trabajos sin presupuesto que se pagan con facturas que no indican nada, solo el importe, con iva por supuesto., gasta todo el dinero de la comunidad en arreglos que a el le parecen sin que la Junta sepa nada y obliga a crear un recibo extra para poder cumplir con los compromisos de pago de la comunidad y no pasa nada, con el consiguiente agrabio para la economia de algunos propietarios, solo que esto pasa por la pasividad o consentimiento de la comunidad, efectivamente, entonces esta actuacion no tiene ninguna responsabilidad para el presidente ?, y entonces la L.P.H. que regula y dice que la Junta es la que aprueba los presupuestos.

Entiendo que si la Junta de Propietarios acepta estas irregularidades no hay nada que hacer, todo pasa con impugnar, eso lo entiendo y no queda otra que aceptarlo, pero estos acuerdos aunque sean aprobados por un numero de asistentes con  un poder economico que les da igual, perjudica a otro numero de propietarios con problemas economicos para poder pagar las cuotas, y tambien dice la ley que no se pueden tomar acuerdos que vayan contra algun propietario o contra la misma ley.

De todas maneras, os agradezco la respuesta, aunque ya la imaginaba, impugnar.

Saludos

 
carolinevega
carolinevega
15/09/2019 16:10

Usted indica que el presidente deberia haber dejado su cargo hace tres años, porque? Al presidente se le renueva, si ustedes lo hicieron es legal

Todo depende de como este estipulado la renovacion de cargos, como no lo inica no sabemos si es legal o no.

Si el presidente ha dispuesto de las cuentas de la comunidad y ha obrado como usted indca, eso es debido a la pasividad y conformidad de la comunidad, porque no lo destituyeron la primera vez?

Las comprobacion de las cuentas la tiene que realizar la comunidad cada año, si se han aprobrado, pues no hay nada que hacer, si usted no estuvo de acuerdo, haber impugnado

 

Fin del hilo
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