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Pavlina1
Pavlina1
15/10/2019 00:02

Acceso a ascensor por mi patio en uso y disfrute

¿Estoy obligada a permitir el acceso al ascensor por mi patio de uso y disfrute?

2.782 lecturas | 5 respuestas
Buenas noches, vivo en un primer piso y tengo patio que es solo para mi uso y disfruto según mi escritura, la única puerta para salir al patio es por mi cosina. Ahora el presidente de la comunidad quiere poner accensor sin mi permiso hasiendo puerta por la ventana de la escalera que está al lado de la puerta. Mi pregunta es que si puede hacer esto sin que estoy de acuerdo. Espero vuestra respuesta. Gracias
 
carolinevega
carolinevega
15/10/2019 20:57

Es todo lo contrario lo normal es que figure en las escrituras o en titulo constitutivo.

Si en el titulo o escritura si figura esa opción, pues implicitamente indica que tendra derecho a indemnizacion si la comunidad quiere ejecutar algo en el mismo, ejemplo, la instalación del ascensor

 
A
aserval
15/10/2019 17:20

 Podría tener derecho a indemnización, siempre que el derecho a disfrute venga contemplado en el estatuto o el título, cosa inusual pero en algunos títulos se les concede el uso y disfrute a  las viviendas bajas, el tener una salida a ellos, no significa implícito derecho a nada, simplemente obligación a mantenerlos en condiciones de higiene.

 
carolinevega
carolinevega
15/10/2019 15:42

Usted al tener el uso y disfrute de ese patio si  el ascensor le resta espacio del mismo si tiene derecho a indemnización

 

 

 
A
aserval
15/10/2019 11:57

 Por los elementos comunes la junta de propietarios puede disponer lo que considere conveniente, no procede indemnización alguna, si acuerdan instalar un ascensor al ser un interés general prima sobre un interés particular. Correspondería indemnizar si se expropia un espacio privativo.

 
carolinevega
carolinevega
15/10/2019 11:07

primero diganos si el ascensor se ha acordado ponerlo porque lo ha pedido un minusvalido o persona mayor de 70 años

el que usted no lo quiera, no es determinante su voto

el presidente no es nadie para querer nada, será la comunidad quien lo decida

de cualquier forma si el ascensor no tiene otra forma de realizarse, su instalación se deberá realizar por ese sitio, pero si va ocupar parte del patio, usted deberá ser indemnizada

 

Fin del hilo
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