De entrada, pienso que la LPH es la ley más inútil que existe, ya que no deja claro ningún tema, y va dirigida a muchísimas personas que son ignorantes e iletradas, y los administradores de turnos se aprovechan.
Con respecto al tema de las representaciones:
Mi comunidad 200 propietarios. Gran mayoría extranjeros que no vienen a las Juntas.
El administrador, consciente de lo anterior, junto con la convocatoria que hace por correo electrónico a cada propietario, envía representaciones para que los propietarios que no puedan venir a la Junta, se las devuelvan firmadas precisamente al correo electrónico del administrador.
Además cada representación que envía, va desglosada punto por punto, para que cada representado escriba SI, NO o ABSTENCION.
Caso real en mi comunidad. El administrador, recibe más del 50% de las representaciones antes de cada Junta. Y consecuentemente, ya sabe de antemano el resultado más que probable de cada punto a debatir, aunque existan razones económicas suficientes para no aprobarlas.
Por ejemplo, derramas extras de bastante importe económico. Tres proyectos para una obra determinada. Sale siempre el proyecto que más importe tiene, sustentadose en esas representaciones que posee.
Es legal que un administrador reciba representaciones tal como indico.
Tenemos reunión Extra dentro de un mes. Espero me digáis algo al respecto.