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Ni daños ni perjuicios ni nada.
Los que vocaron en contra estuvieron de acuerdo por no impugnar.
Y los nuevos que avisen o se elimina servicio o denuncio
En su día lo votó, ahora no puede ir contra sus actos propios, si hay una sanción para la comunidad, los nuevos propietarios o los que votaron en contra, les pueden reclamar daños y perjuicios.
como un día tenga un accidente se van a enterar de la multa.
Después nos quejamos y eso es contribuir a la actividad sumergida y el fraude a Hacienda que somos todos
Pues en esta vida hay que ser consecuente con las votaciones
¿Ud votó si en su día, para que la limpiadora prestara sus servicios?
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