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asrc
asrc
03/12/2021 14:04

Instalación camaras de seguridad

¿Se pueden realizar cambios en la comunidad sin hacer ningún tipo de votación entre vecinos?

1.912 lecturas | 4 respuestas

Buenos días,

Mi comunidad está formada por varios portales, es una especie de urbanización con algun prado y un trozo de calle privada.

Hace unos meses han instalado varias camaras, dos en la calle (es privada) y varias en el garaje. No se ha votado ni solicitado consentimiento, simplemente se ha informado una vez ya estaban instaladas.

No se hacen juntas desde antes del confinamiento.

Tambien han cambiado la barrera de acceso a la urbanización hace poco, al preguntar el motivo indican que estaba ya muy vieja y habían solicitado cambiarla, el caso es que funcionaba con normalidad.

Han cambiado el receptor de acceso a la barrera hace unas semanas, de nuevo sin consultar ni someter a votación, no se el motivo. Este nuevo receptor da problemas a algunos vecinos. El receptor funciona de dos modos: o bien con un mando, o bien es un número al que se puede llamar desde el teléfono movíl y abre automáticamente la barrera. Tras el cambio del receptor han cambiado el número al que hay que llamar, ya no es un número de nueve digitos, si no un número más largo al que algunas compañias no permiten realizar la llamada por restricciones propias. Al preguntar el motivo del cambio de número e indicar el problema que nos supone, ya que, nuestra compañia tiene restringidas este tipo de llamadas no se nos da solución alguna. 

Cambiaron hace unos meses todos los timbres del portal por videoporteros (teniamos timbres normales sin video), tambien sin ningun tipo de votación. Cuando pregunté el motivo me indicaron que a una usuaria de un portal concreto se le estropeaba continuamente y había que repararselo casi de forma mensual. Indiqué si lo lógico no sería cambiarselo solo al portal de esa usuaria y una vez se fuera estropeando en otros portales ya se irían cambiando ya que es un desembolso importante para la comunidad que no había sido sometido a voto.

La lista de cosas que realizan sin consentimiento entre el presidente y la asesoria es grande...¿que se puede hacer? ¿Pueden realizar todos estos cambios sin el consentimiento de los vecinos, sin que se someta a ningún tipo de votación?

 
A
AltosMarbella
18/12/2021 12:54
En el tema de las cámaras hay dos leyes que por lo que usted cuanta no se han cumplido:

Por un lado la legislación de protección de datos es muy clara: para instalar cámaras es necesario el acuerdo de la Junta de Propietarios (aprobando la instalación, quien puede ver esas imágenes etc). Además hay que cumplir ciertos requisitos (por ejemplo carteles informativos etc).

Por otro lado esta la LPH (ley de propiedad horizontal) que señala claramente que este tipo de mejoras solo pueden decidirse en Junta de Propietarios. En su escrito se indica otras actuaciones - reparaciones - sobre las que se puede discutir si se trata del mantenimiento normal (cambiar timbre que no funcionan, un receptor estropeado- que con independencia de que hayan sido bien hechas o no, las decide el administrador) o una actuación que ya requiere Junta (aunque en caso de urgencia la puede decidir el Administrador informando inmediatamente). Pero el caso de las cámaras es claramente una mejora que requiere decisión en Junta.

¿Cómo actuar?

Puede usted decidir si quiere ir via denuncia - barato y más rápido, pero que puede acarrear una multa a toda la comunidad : denunciando ante la Agencia de Protección de Datos o incluso a la Policía Nacional / Guardia Civil la instalación de una cámaras seguridad que violan su privacidad; o bine ir via demanda - caro y muy lento,: demandando a la Administración - y al Presidente por consentirlo - por incumplir la LPH.
 
M
mecameca
11/12/2021 08:59
Eso está claro que alguien se lo está llevando calentito. Denuncia al canto y a pedir responsabilidades.
 
carolinevega
carolinevega
03/12/2021 19:04
Pues escriba una carta al administrador y le indica que para la instalacion de camaras de seguridad
Deberia ser conocedor por el trabajo que desempeña que para dicha instalacion previamente se debe aprobar en junta según lo expuesto en el art. 17.4, por lo cual emprenderá la oprtuna denuncia en la Agencia de Proteccion de Datos.
Referente al resto cuando en la próxima junta ordinaria se trate el tema de aprobación de gastos, usted debera votar que no, luego debera impugnarl dicho acuerdo buscando abogado y procurador.

 
M
Mel19
03/12/2021 16:56

SI Ud. se siente perjudicada y que se comenten abusos en la comunidad, los cuales le afectan, simplemente acudir a un abogado y presentar una demanda por daños y perjuicios.

 

Fin del hilo
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