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D
donnut
23/02/2022 23:16

Presidente de la comunidad

¿La pareja de un propietario puede ser presidente de la comunidad?

701 lecturas | 4 respuestas
Hola a tod@s, tengo una vecina q es la única propietaria de su piso, y su compañero sentimental, no estan casados aunque conviven desde hace 24 años, quiere ser el Presidente de la comunidad.
Mi pregunta es, ¿puede este señor ser Presidente de la comunidad no siendo propietario de la vivienda????
 
L
luismp
24/02/2022 17:49
Tenéis razón los dos.
carolinevega, desde el punto de vista legal, perfecta tu opinión, no puede ser.
birola, los matices, perfecto, tal y como dices, no es legal, pero se hace y no pasa nada.
Si algún día mejoran la LPH y la Justicia, quizá se puedan unificar vuestras respuestas.
 
B
birola
24/02/2022 17:23

Puede con matices:

Si la mayoría en votación decide que si, y nadie lo impugna en el trascurso de un año, por ser un acuerdo contrario a la ley, puede.

Sería un acuerdo nulo de pleno derecho, pero mientras el juez no lo decrete nulo, puede, ya lo creo que puede.

El problema es que cuando lo decrete, también decretaría nulos todos los acuerdos y documentos que haya firmado esta persona, y si la resolución llega tarde, ¿cómo van a devolver los servicios y bienes recibidos?  Tendrían  que  enmendar la plana en lo sucesivo, pero lo de antes, ahí se queda.

Por ello, sería un auto judicial, imposible de cumplimiento. Con una justicia tan lenta, se presta a cometer muchas irregularidades.

Ejemplo de ello recientemente:

El Constitucional declara ilegal el confinamiento decretado en el primer estado de alarma.

ILEGAL El periodo desde el inicio hasta que lo declaró fue legal por decreto ley.

Aplíquelo a su caso en su comunidad, es el mismo principio.

 
carolinevega
carolinevega
24/02/2022 12:43
pues no, no puede ser presidente porque tenga el apoyo de la mayoria de los propietarios
Art.13.2 LPH
El Presidente será nombrado, entre los propietarios, mediante elección o, subsidiariamente, mediante turno rotatorio o sorteo.
 
B
birola
24/02/2022 10:58

Puede con matices:

Si la mayoría en votación decide que si, y nadie lo impugna en el trascurso de un año, por ser un acuerdo contrario a la ley, puede.

Si alguien impugnase, como los juicios suelen demorarse mucho, es posible que termine su mandato, después el juez decretará ese acuerdo nulo, y así se quedará sin más consecuencias, a excepción del pago de costas por la comunidad.  

Para que ello no ocurra, los administradores profesionales hacen las advertencias oportunas a la junta, y no incurrir en responsabilidad de mala praxis, con ello abortan las decisiones incorrectas de la junta.

 

Fin del hilo
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