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M
monigar
10/05/2022 22:25

Alquiler piso de la comunidad

Duda sobre alquiler de vivienda en la comunidad

1.379 lecturas | 12 respuestas

Hola, espero que alguien me resuelva la duda. La comunidad es propietaria de una vivienda y en el contrato figura que se subirá el mismo el IPC correspondiente (correspondería el 6%), pero en reunión de vecinos el 60% ha votado que se suba el 1%. Mi pregunta es si esto se puede someter a votación ya que hay un contrato y entiendo hay vulneración del mismo, por lo tanto si 1 solo vecino se niega hay que ceñirse a lo pactado. GRACIAS

 

PD: el inquilino es amigo del administrador 

 
AGFABOGADOS
AGFABOGADOS
19/05/2022 10:10
Buenos días:

Quiero agradecer a los intervinientes Luismp y carolinevega que detectasen el error en mi anterior respuesta. Mientras la redactaba estaba con un informe sobre desafectación y posterior enajenación de un elemento común y de ahí la equivocación.

Un saludo.
agf abogados y consultores.
http://www.agfabogadosyconsultores.es
Blog: https://dinmobiliario-es.webnode.es

https://dinmobiliario-es.webnode.es

 
carolinevega
carolinevega
18/05/2022 15:05
Luismp es muy prudente al decir "Entiendo" que por 3/5
Yo digo que se lean (no él), la LPH, art. 17.3
3. El establecimiento o supresión de los servicios de portería, conserjería, vigilancia u otros servicios comunes de interés general, supongan o no modificación del título constitutivo o de los estatutos, requerirán el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación.
Idéntico régimen se aplicará al arrendamiento de elementos comunes que no tengan asignado un uso específico en el inmueble.
Nunca la unanimidad
 
L
luismp
18/05/2022 14:21
El acuerdo para alquilar, entiendo que es por 3/5, no hace falta unanimidad.
 
AGFABOGADOS
AGFABOGADOS
18/05/2022 12:24
Buenas tardes:

Hay que diferenciar 2 supuestos distintos:

1º) Acuerdo para alquilar un elemento comunitario. Unanimidad.

2º) Acuerdo para, en este caso concreto, gestionar el contrato de alquiler. Mayoría simple.

Un saludo.
agf abogados y consultores.
http://www.agfabogadosyconsultores.es
Blog: https://dinmobiliario-es.webnode.es
 
P
Pirilau
13/05/2022 17:19

En el Registro de la Propiedad ¿Quién figura como propietario de esa vivienda?

Le pregunto, ya que una comunidad de propietarios, al no tener personalidad jurídica, no pueden ser titulares registrales de bienes.

 
S
savina
12/05/2022 22:15
En realidad el contrato está incumplido, otra cosa es que el 60% de la comunidad lo permita y el 40%, no, desde luego, a ese porcentaje si le perjudica y puede interponer una demanda de daños y perjuicios. Yo le aconsejo que acuda a un abogado, ya que hay posibilidades de éxito.
 
L
luismp
11/05/2022 20:05
No es incumplimiento, ya que no perjudica a la parte contraria. Cuestión de entender cómo funcionan las normas y leyes.
 
T
tininte
11/05/2022 18:31

Que curioso Don  LUISMI. Tiene un contrato, pactado con  el IPC de subida, y con el contrato en vigor     prácticamente se lo congelan, y todo de palabra sin modificar el contrato, ¿y no lo incumple?

No me extraña que este país valla manga por hombro, con estas maneras de razonar.

El acta de la comunidad, estará en orden, pero el contrato de arrendamiento es irregular, se produce un incumplimiento. No paga lo establecido en ese contrato. Decreto ley, sin pasar por el parlamento.

 
L
luismp
11/05/2022 14:08
No hay ningún incumplimiento de contrato, ni hace falta hacer otro.
El arrendador es magnánimo, no le quiere subir, y punto.
 
T
tarugo
11/05/2022 12:08

Bueno, hay un incumplimiento de contrato, si se quiere pactar ese nuevo precio, sería necesario rescindirle el contrato y hacerle uno nuevo.

 
L
luismp
11/05/2022 01:01
Quizá alguien piense que se necesita 3/5, aunque yo creo que no, pero también se han alcanzado, luego perfectamente aprobado.
 
L
luismp
11/05/2022 00:57
Este tipo de cosas se aprueban por mayoría, por lo que el acuerdo de subir solo el 1%, es totalmente legal.
 

Fin del hilo
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