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Gon35
06/08/2022 12:42

Fachadas chalets adosados y eficiencia energética

¿Cómo se manejan los cambios en la fachada de una urbanización de chalets?

1.105 lecturas | 6 respuestas

Hola a tod@s!  este es mi primer mensaje en el foro.

Escribo porque formo parte de una comunidad de propietarios en una urbanización de chalets adosados de construcción relativamente antigua (1979).  Bastante mejorables en cuanto a eficiencia energética.

Una de las propuestas al respecto de mejora de eficiencia energética consiste en realizar un recubrimiento de fachada con algo tipo SATE o similar.

Tengo varias dudas en relación e a si las fachadas son elementos comunes de la comunidad o individuales de cada propietario de chalet y cómo se manejan a la hora de votar por esta modificación de fachada que supone recubrir la casa.

Las opciones que veo son las siguientes:

1.- Funcionar como un edificio: por lo tanto con la nueva ley se requiere la mayoria simple para aprobar cambios en la fachada y TODOS los chalets estarían obligados a cambiar su fachada si la comunidad así lo vota.

2.- Cada propietario mantiene la potestad sobre si su fachada se recubre o no aunque el resto de la comunidad vote a favor de ello. En este caso la comunidad mediante mayoría simple (por ser un asunto referido a eficiencia energética) podría aprobar realizar este cambio a los chalets que así lo deseen.

3.- Cualquiera puede recubrir su casa sin permiso de la comunidad.

En mi caso me inclino a que sea la opción 2 por lo que he leído por ahí, pero no estoy seguro con los cambios actuales en la ley y  las distintas interpretaciones que proveedores que llevan a cabo estos tipos de cambios hacen de esto.

Aparte de todo lo que he mencionado hay una variable adicional. Tanto la cubierta como parte de la fachada están cubiertos de unas pizarras de tela asfáticas (tégolas) que parece incompatible con los nuevos recubrimientos por lo tanto podría ser que no fuera posible mantener la apariencia actual de las fachadas. ¿Podría ser esto un impedimento para que nadie recubra la fachada a no ser que todos los chalets decidan cambiársela?

Un saludo y gracias

Gonzalo

 

 

 

 

 
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Gon35
10/08/2022 19:04
Gracias, esto que me comentas me aclara mis dudas.
 
carolinevega
carolinevega
08/08/2022 19:10
Está confundido, las fachadas NO son elementos privativos y SI son elementos comunitarios.
Como no sabemos con certeza porque se realiza la obra, decirle el quorum necesario es complicado
La fachada se arregla por mejora eficacia energética. 1/3
La fachada se arregla porquees necesario porque existen grietas y estan deterioradas y entonces se aprovecha ybse pone SATE, no es necesario ninguna votación, siendo obligatorio su arreglo
 
G
Gon35
08/08/2022 19:04
¿Y en el caso de que hubiera que poner un acabado diferente de la pizarra asfáltica? (por incompatibilidad con el SATE o porque no es eficiente térmicamente al ser oscura).

Me refiero, ¿podría cada propietario oponerse a que se le cambie de color la fachada?
 
L
luna_1942
08/08/2022 18:42

No se preocupe, ya qu requiere un proyecto técnico,   y el ayuntamiento impone un criterio de uniformidad que lo deberá respetar el arquitecto.

Suponiendo que las pizarras asfálticas deban permanecer, el SATE se realizará por el interior.

La obra es obligada, no requiere ninguna votación, obedece a la obligación de conservación, y para decidir el sistema SATE o tradicional, lo resuelve la junta por mayoría simple. El propietario que no este de acuerdo, le queda la vía de la impugnación judicial, que es muy difícil que prospere si hay mayoría. Naturalmente, el SATE de la zona interior, al ejecutarse en un elemento privativo, tiene la opción de renunciar a ello, ahorrándose algo de dinerillo.  

 
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Gon35
08/08/2022 17:59
Hola, gracias por la respuesta. A la hora de votar esto en la junta de vecinos en principio había pensado que se votaría como algo de eficiencia energética requiriendo mayoría simple según la nueva ley, aún así tengo algunas dudas en base a las siguientes circunstancias:
- Va a requerir modificar el acabado de las fachadas actuales, en el sentido que al hacer el recubrimiento no se va a poder recubrir del mismo material que tiene ahora (pizarras asfálticas) porque el SATE o equivalente no lo permite.
- Dado que las fachadas no son de la comunidad si no de cada propietario particular, cada propietario necesita permiso de la comunidad para modificar su fachada al ser un elemento común estético, pero a la vez la comunidad no puede modificar la fachada sin el permiso del propietario ¿es esto así o la comunidad por mayoría simple podría decidir modificar todas las fachadas a la vez?

Si no, el escenario sería que, si la comunidad lo aprueba, sería decisión de cada propietario el modificar o no su fachada de acuerdo a los parámetros aceptados por la junta de vecinos (por ejemplo un acabado específico...).

Un saludo y gracias

Gonzalo
 
E
Egoli123
07/08/2022 12:05

Debe consultar la escritura de división horizontal, la cual enumerará cuáles son los elementos comunes. En principio es de suponer que sí.

Así viene establecido en la LPH que es de aplicación para este tipo de inmuebles. Si bien las modificaciones a realizar serán en elementos privativos; estas obras suponen una clara alteración de la configuración exterior del conjunto de la urbanización; debiendo considerarse elementos comunes las fachadas de cada una de las viviendas que la integran, aunque sean de uso privativo, por estar unas al lado de las otras.

 

Fin del hilo
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