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U
Uen
07/01/2023 19:15

Ayuda que dice esta votación de ascensor se instala si no??

¿Cuál es la Sentencia Final de la Votación para el Ascensor?

1.816 lecturas | 24 respuestas
10 vecinos cuota 10%100 la misma. Votación para ascensor
5 a favor
2 en contra
3 abstenciones. Acudimos los 10
Este resultado se interpreta como? Ha salido ponerlo a favor. O que se entiende
No se puede poner??
 
carolinevega
carolinevega
30/01/2023 19:28
Ya nos dirá usted de donde ha sacado tamaña barbatidad
Es increible lo que hay que leer, algunos opinan sin tener ni idea de lo que dicen
 
candixx
candixx
30/01/2023 18:58
El voto del presidente es de calidad, el decide.
 
carolinevega
carolinevega
15/01/2023 17:22
Por supuesto cada persona tenemos nuestra opinión.
Pero si las audiencias provinciales dictan sentencias que luego son recurridas y tumbadas por el Supremo, y muchas veces ocurre que una persona acude a un abogado, éste no le puede asegurar nada.
Yo no me atrevo a aventurar futuribles. Por eso pienso que lo prudente al menos en mi caso es intentar unicamente, ceñir mi respuesta a la pregunta planteada, basándome en la LPH y C.C. y a partir de ahí que sea la persona quien si lo creé oportuno, recurra a un profesional.
 
ARV1
ARV1
15/01/2023 16:00
Primero decirte que esa es tu opinión, muy respetable, pero la finalidad del foro es orientar sobre un problema que se tenga en una comunidad y darle una solución o la vía de conseguirlo. Exponerle la ley y lo que dice sin darle una explicación objetiva poco sentido tiene, porque es posible que ni lo entienda. Por ello hay que allanar el camino al objetivo que persigue siempre que se pueda obtener, de lo contrario se le está alentando a iniciar un camino a ninguna parte porque ya se conocen resultados de similares problemas y hasta juridicas. Albergar falsas esperanzas sobre un problema y animarle a hacerlo en mi caso no lo obtendrá. Pero cada uno con su dinero y su tiempo puede hacer lo que quiera.
 
carolinevega
carolinevega
15/01/2023 15:24
Pero es que creo que la mision del blog no es indicar futuribles que se nos escapan porque no depende de nosotr@s.
Nosotros somos el primer recurso y el úlrimo personaje de todas estas historias, porque nunca sabremos que puede pasar si se impugna un acuerdo.
Los propietarios acuden como primer recurdo, para saber que dice la ley sobre su problema y las preguntas son directas, es legal esto? Puedo impugnar? Cuanto tiempo tengo para ello? Ademas creo que dar un poco de esperanza o desanimarles pero eso sí, con acuerdo a la ley y a la pregunta realizadsa a estas personas que nos preguntan, les es más beneficioso que desanimarles con los temas de morosos o de personas que no pueden pagar, que al fin y al cabo eso sera el resultado final xi acuden a un juez
 
ARV1
ARV1
14/01/2023 22:40
Una bajante es un elemento esencial y general para todos los propietarios (todos) y su coste no es comparable con el de una instalación de un ascensor, porque tiene que existir una proporcionalidad entre la instancion, coste y necesidad. No es lo mismo aportar 2000€ por vecinos, que 20.000€. esto es fácil entenderlo.
Pero usted puede hacer los que otros le aconsejan, y ya nos contará. Le deseo suerte y ojalá lo consiga.
 
U
Uen
14/01/2023 22:27
a ARV1
y si es el tejadoo una bajante.. Hay que hacerlo si o si no puedes decir que no tienes dinero
 
ARV1
ARV1
14/01/2023 22:16
Y para esta instalación del ascensor, hay una solución que es poner llaves para que solo lo pueda usar el que lo ha pagado y asunto resuelto y si más adelante los hoy no lo quiren si lo quieran mañana, tendrán que pagar su parte más el coste de la vida, aunque eso conlleva (aquí va la reacción) que tendrán que pagar esa parte los que si lo quieren hoy. Es una solución objetiva, realista y fundamentada, aunque siempre queda la aventura del juzgado, abogado, procurador, burofax, adelantos económicos al abogado, perdida de tiempo, malestar vecinal entre unos y otros y etc, etc, etc.....
 
ARV1
ARV1
14/01/2023 22:02
Lo de negacionistas lo tomo con humor, aunque yo le llamo realista.

Mire, no hay mayor mentira que decir medias verdades. Decirle o impulsarlo (aún peor) a un preguntante a dar un paso sin advertirle de las consecuencias que puede conducir a dar ese paso es inmoral (por decirlo suave), aunque siempre estará el filtro del abogado que le advertirá de esas consecuencias, lo que conlleva que un consejo aquí dado sea absurdo. La justicia es una lotería, cierto, pero llegar a ella no es gratis, ni rápida y con resultados insospechados, por lo que meterse a ese jardín ya es un fracaso. Por ello éste negacionistas, (como usted me llama) suele advertir del efecto Pascal, la reacción que te vas a encontrar para que lo pienses antes de dar tal paso, porque entonces estaría dando falsas verdades, y yo no soy persona de ese tipo.
 
carolinevega
carolinevega
14/01/2023 21:44
Espero que no le moleste el comentario, pero no se porqué, usted es un negacionista del ascensor.
Referente a lo que indica acerca de la judicatura, no vamos a estar siempre indicando lo que puede ocurrir en una sentencia.
Se puede perder en una audiencia provincial y ganar en el supremo, o viceversa.
Cuando en una comunidad hay que hacer frente a una amplia obra, el dinero escasea y al final la obra se realiza.
Y desconozco que dictaría el Supremo, ante la necesidad de disponer de ascensor para poder salir a la calle.
Conoce usted alguna que lo rechace?
 
ARV1
ARV1
14/01/2023 21:03
Sí, pero la contestación ha de ser objetiva y fundamentada. Decir que éste es el procedimiento o lo que dice la ley, está bien, pero también hay que advertir de las consecuencias. Es como jugar al ajedrez, antes de mover una pieza has de valorar las consecuencias posteriores, porque la reacción puede ser muy negativa.

El tema éste en cuestión sí tiene razón porque es lo que determina la ley, pero no es menos cierto que hay jurisprudencia al respecto y que si no hay recursos económicos poco se puede hacer, porque ningún juez va a dictar sentencia de expropiación de un propietario de su vivienda por impago por la instalación de un ascensor, ya que prevalece el derecho constitucional de una vivienda a tener una comodidad que en su día no se valoró.
Yo comprendo la situación del que necesita ese ascensor, pero hay que comprender el coste que conlleva la instalación que no todo el mundo puede afrontar. Esto por una parte y la otra es que los vecinos de los bajos y hasta los locales (en caso de haberlos) se les ocasiona un roto en su economía que no precisan. Por todo ello, es mejor llegar a un acuerdo de reparto y eso conlleva afrontar un gasto muy superior a los vecinos que lo precisas sobre los que no, y eso no es siempre posible.
 
carolinevega
carolinevega
14/01/2023 19:31
Lo que tengo comprobado es que cuando nos desviamos a discusiones que se desvian del tema, el que pregunta pasa olímpicamente de nosotros y no vuelve a intervenir
 
ARV1
ARV1
14/01/2023 16:54
Por que a veces la solución viene acompañada de una serie de problemas que el preguntate desconoce y puede que esa solución que busca se convierta en mayor problema que la solucion que busca u ocasione unos gastos que no merezca la pena enredarse en ello. La solución no siempre es sí o no, y cuando lo es, puede llevar aparejado otros problemas que hay que evaluar tenerlos o no.
 
carolinevega
carolinevega
14/01/2023 15:12
Porque TENEMOS la costumbre (y me incluyo yo la primera en ello para luego no ser crucificada) en desarrollar una respuesta a una pregunta que no tiene nada que ver con ella?
Pues quitémonos la costumbre a disvirtuar con nuestra respuesta la genesis de la intervencion de quien se dirige a nosotr@s en busca de ayuda a su problema, porque creo que lo que se consigue en principio es enredar el ovillo de lana de Ariadna en manos de ""UEN"""
Él, es claro y conciso. Con esa votacion quedo aprobado la instalacion del ascensor?
SI
 
U
Uen
14/01/2023 14:48
Ok pues nada cambiar de piso mas practico. Vender el actual y por poco mas piso normalito con ascensor
 
ARV1
ARV1
14/01/2023 14:11
Cierto, póngase manos a la obra y no espere a mañana, hágalo hoy mismo. Contrate a una empresa y que ya mañana se ponga a instalarlo. Perdone mi ironía, pero si no hay dinero no hay ley que valga; que faltan 40.000€, aunque ahora después de los meses pasado de aquel presupuesto, posiblemente sean 50.000€, por el IPC.
Sí no y calés, no hay ascensor, aunque lo diga Conde Pumpido.
 
A
AltosMarbella
14/01/2023 13:08
5 votos a favor, 2 en contra. Creo que está claro que la votación ha sido mayoritaria a favor poner el ascensor.

Pero ¿es una mayoría suficiente? Si leemos el artículo 17.2 “el establecimiento de los servicios de ascensor, incluso cuando impliquen la modificación del título constitutivo, o de los estatutos, requerirá el voto favorable de la mayoría de los propietarios, que, a su vez, representen la mayoría de las cuotas de participación”. En este caso, la instalación del ascensor solo cuenta con el 50% de votos y participaciones, por lo que no se alcanza la mayoría,

Salvo que en alguna de las viviendas viva o trabaje alguna persona mayor de 70 años o con discapacidad reconocida, en cuyo caso la instalación del ascensor (hasta un coste neto igual a 12 mensualidades de cuota) es obligatoria.

La verdad es que con esa votación la lógica (mi lógica) dice que habría que tratar de acordar como poner el ascensor.
 
carolinevega
carolinevega
08/01/2023 15:53
Uen por favor revise el texto que escribe antes de dar a RESPONDER, porquexes bastante compljcado entenderle.
Nosotr@s estamos aquí para ayudarle de todo corazón.
Esperamos que sea claro en sus escritos para poderle ayudarle
 
ADASgestion
ADASgestion
08/01/2023 14:54

Segun la votacion deberan instalr el ascensor.

Para que no haya problemas, sería bueno que hicieran una Junta extraordinaria, para ratificar el acuerdo y resentar el presupuesto definitivo, con todos los datos de la instalación, el reparto de las cuotas a pagar cada inmueble. Seguramente, asi lo suelen hacer las empresas de ascensores, se podra financiar la instalación. Tambien pueden tratar la opción de financiación.

Deberan indicar: Queda facultado tanto el Presidente como el Administrador de forma indistinta y expresamente para el caso no pagar la derrama, correspondiente a la instalación del ascensor, por algún inmueble, proceder judicialmente en su reclamación, a cuyo fin se utilizarán los servicios de Abogado y Procurador que representen y defiendan a la Comunidad, siendo de cuenta y cargo de los deudores los gastos por su intervención, tal y como así determina el artículo 21.6 de la vigente Ley de Propiedad Horizontal, incluso aún en el caso de que presentada la demanda procedan al pago de la deuda, ya que en caso contrario sería un sistema abusivo para el propietario que deja de pagar hasta el momento de su reclamación judicial.

ADASGestión (Administración de Fincas y Asesoría Jurídica)
Tfo: 639308215 | adasgestion@gmail.com
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 
U
Uen
08/01/2023 13:01
Si en eptiembre os lo comente peto es que conte o no me entere bien de la votacion qye fue eso 5 a favor 2 que no y 3 se abstuvueron lis 10 nos personamos isea qye decus que con esos votos si sale a favor el ponerlo. Impugnar no pueden por haber prescrito y falta los 2 vecinos que no que debiesen de pedir un creduto ya que de ser uns bsjante, un tejafo no pueden decir noo aun sin dinero lo tienen que pagar como sea
 
ARV1
ARV1
08/01/2023 10:07
Como le dice Pólipos, no tiene motivos para no instalarlo ya que los plazos de impugnación han vencido. Contraté a una empresa para ponerlo, pero asegúrese de obtener el dinero antes de hacer el contrato de la obra porque de lo contrario tendrán un seri problema. Sí no recuerdo mal eran 20.000€ por vivienda, por lo que le faltan 40.000€ a ver de dónde lo sacará usted?. Pero usted siga insistiendo y haga caso a Poliplos.
 
carolinevega
carolinevega
07/01/2023 22:24
Ya se le dió respuesta en septiembre
No tiene sentido volver a preguntar otra vez
 
E
eltiocuco
07/01/2023 21:51

Sí lo solicita un mayor de 70 años, un minusválido, u alguien que trabaje o presten servicios, persona con discapacidad o más de 70, no hace falta votarlo, es obligado, otra cosa es, si es viable económicamente y eso es lo que hay que tratar, ya que instalarlo supongo que lo querrán todos.

 
ARV1
ARV1
07/01/2023 20:45
Hay dinero para pagarlo? Éste es el gran problema. Sí no lo hay por los vecinos que han votado que no, quién pondrá ese dinero? Los que han votado No pueden impugnar el acuerdo recurriendo a la justicia y el juez determinará lo que proceda en función del costo que conlleve la instalación. Esto ya se le ha dicho en otra consulta, pero veo que usted insiste en lo mismo.
 

Fin del hilo
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