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H
heidi14
26/03/2023 21:53

Mirilla digital

¿Es legal grabar con una mirilla digital con sensor de movimiento en un edificio?

1.941 lecturas | 10 respuestas

Buenas tardes, han entrado a robar en mi edificio, aprovechando  que se fue de viaje varios días, le habían marcado la casa, y compré una mirilla digital con sensor de movimiento graba en el momento que hay movimiento, el caso que mi vecina me dice que no quiere que le lgrabe que tiene un menor (16 años), vi en internet que era legal la mirilla, pero no encuentro la ley que lo diga, alguien me puede indicar si es legal o no?, muchas gracias 

 
carolinevega
carolinevega
30/03/2023 12:20
Si duelen las muelas, se van al destinta y no al urólogo.
Por esa logica,. Si se tiene un problema con la comunidad, no se a consultar con un letrado especializado en divorcios
 
ARV1
ARV1
30/03/2023 09:57
Abogados hay de varias especialidades, incluso en temas civiles y no pueden saber de todo. Un abogado lo es recién salido de la universidad o puede llevar 40 años ejerciendolo. Como es de comprender la experiencia también hay que tenerlo en cuenta. Pero como ya se ha dicho, hay resoluciones de la apd y la prueba más evidente son los porteros electrónico, para instalarlo no hace falta permiso alguno. No se pude dar la espalda ( como ya se ha dicho) a los avances tecnologicos, que ya tuvimos grandes retraso con la inquisición y el clero en tiempos anteriores oponiéndose a ello o que se lo pregunten a Galileo.
 
carolinevega
carolinevega
29/03/2023 19:10
Pues fijate, si un abogado no supo contestarte, las lagunas que pueden existir
 
H
heidi14
29/03/2023 18:00
Para nada Caroline, para eso está este grupo, el fabricante aparte de vender la única solución que me dio era que preguntara a un abogado cosa que pregunte y no sabía muy bien decirme, muchas gracias por todo
 
carolinevega
carolinevega
29/03/2023 17:33
Lo mas probable, es que yo me encuentre en un error, despues de la información facilitada por nihills.
Si es así, lamento haber confundido a heidi
 
N
Nihills
29/03/2023 16:23
Carolinevega, si se fija en la resolución E-08332-2021, en el segundo párrafo aparece que la mirilla hace fotos al detectar movimiento, visión nocturna, etc. Independientemente que el dueño diga que solo la usa para mirar, la mirilla tiene esas funciones y será del denunciante el que tendrá que probar que se ha usado para un uso distinto al fabricado.

Si seguimos leyendo esa resolución, después de hacer referencia al T.S, en la página 3, párrafo 5, la resolución nos dice:
“No se va a profundizar en el hecho de que la puerta dónde está instalado el dispositivo (mirilla digital) no es zona común de la Comunidad de propietarios, sino de titularidad del reclamado, por lo que no le serían de aplicación en principio las reglas establecidas en la LPH (Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal), que si serían de aplicación en caso, a modo de ejemplo de colocación del dispositivo en una pared de titularidad comunal enfocando al pasillo de tránsito.”

Ahí ve que no es necesario, siempre según esta resolución, el permiso de la comunidad y repito, la mirilla tiene de todo, graba, fotos, sensor de movimiento, visión nocturna.

Finalmente establece que no puede pedir la retirada por que no hay infracción.

Cada vez se van a dar mas resoluciones de este tipo, no podemos vivir de espaldas a la tecnología (siempre que se use para lo que fue fabricada claro).

No quiero ni pensar en el trabajo que tendrá la AEPD cuando le llegue una reclamación de una mirilla digital que ha saltado por que se ha dado un golpe en la puerta y el dueño le ha empezado a hablar desde el móvil en el trabajo. Ya existen.
 
carolinevega
carolinevega
29/03/2023 15:08
La LPD. efectivamente no prohibe grabar en sitios publivos y comunitarios.
Peromal menos en este ultimo, y este es el caso, precisamente, la LPH obliga a que su instalación, este aprobada por los 3/5 de todos los propietarios y en este caso, sin tener en cuenta el presunto voto del ausente.
La mirilla que expone Heide, entra en funcionamiento por un sensor de movimiento, y no como ha permitido la APD. Que claramente indica , que únicamente graba imágenes, cuando se toca el timbre de la puerta
 
N
Nihills
29/03/2023 13:15
Como bien comenta ARV1, las mirillas son totalmente legales haciendo un uso correcto de las imágenes.
Sin ir más lejos, hace poco tiempo, se consiguió solucionar un caso de asesinato al haber unas imágenes grabadas desde la mirilla en las que se veía parte del suceso.
Os comparto link de la noticia y de resoluciones de la AEPD en las que estima que las mirillas no son ilegales. En una de ellas hasta se admite que está dando uso de sistema de vigilancia.

https://www.aepd.es/es/documento/e-07535-2021.pdf
https://www.aepd.es/es/documento/e-01931-2020.pdf
https://www.aepd.es/es/documento/e-08332-2021.pdf
https://www.lasexta.com/programas/mas-vale-tarde/cadaver-rellano-fregona-mano-video-crimen-gemelas-vazquez-grabado-mirilla_2023021663ee74982f84b400019464c1.html
 
ARV1
ARV1
29/03/2023 09:18
La ley de protección de datos no prohíbe hacer grabaciones en zonas comunes de uso público y por ello la multitud de cámaras instaladas en los edificios, lo que si prohíbe es hacer mal uso de esas imágenes. Los videoporteros (por ejemplo) también pueden tomar imágenes de zonas comunes incluso de la portería de entrada para ver quién quiere acceder al edificio y como verán hay miles instaladas. Una mirilla que graba no es más que una cámara más que tienes colocada en tu puerta para ver qué persona intenta contactar o entrar en tu casa y la tienes puesta como medida de seguridad. Sobre esto hay resolución de la lpd.
 
carolinevega
carolinevega
26/03/2023 22:28
El grabar zonas comunes está prohibido por la LEY protección de datos.
 

Fin del hilo
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