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L
luface2000
04/03/2024 20:32

Cambio de Presidente vitalicio

¿Está contemplada en la legislación la casuística de cambio de juntas en una comunidad de vecinos?

324 lecturas | 2 respuestas

Buenas,

por desapego con la gestión de la comunidad de casi la totalidad de los vecinos, en el 2007 el presidente de la junta quedó “vitalicio” y sólo iba cambiando el secretario en la junta general ordinaria celebrada cada año a partir de esa fecha.  Ahora el presidente no puede atender la gestión y se vuelve a la rueda de cambio de juntas.  En la última junta, los vecinos de la planta que les tocaría constituir la nueva junta -digamos que serían la planta 5- dijeron que no deberían ser ellos, sino la planta siguiente a la junta del 2007 -le tocaría al bajos-.

¿Está contemplada en la legislación esta casuísitica o no deberíamos escuchar a la futura junta en su reclamación y deben aceptar formar junta?

Muchas gracias y saludos.
 

 
ARV1
ARV1
05/03/2024 20:53
La ley establece tres modalidades de elección del presidente: por elección de posibles voluntarios (cosa que no parece su caso); por turno rotatorio y por sorteo.
En su caso y dado el tiempo transcurrido desde 2.007 que fue la última elección, yo me inclinaría por un sorteo para elegir al nuevo presidente y a partir de ahí, continuar por turnos rotatorio (ascentes o descendientes).
En es junta, voten este procedimiento de elección y asunto concluido. Es mi opinión.
 
C
Costantina
04/03/2024 21:04

No deberían escuchar a la futura efectivamente, deberían hacer caso de sus estatutos, y si estos le indicasen que los turnos son correlativos, ahí tiene la respuesta.

 

Fin del hilo
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