Las obras que exige la ITE las paga toda la comunidad, sin discusión. Así lo manda la Ley de Propiedad Horizontal, artículo 10. No hay debate, ni votación especial. Si no se hacen, multa y problemas.
Otra cosa son las mejoras que no vienen en el informe. Ahí ya entramos en terreno distinto. Si hablamos de mover calderas por estética o poner filtros que solo afectan a unos pocos, eso no es obligatorio. Para aprobarlo, hace falta mayoría de tres quintos, artículo 17.4 LPH. Si no se llega, no se hace. Y si se aprueba, ojo: si la derrama por vecino pasa de tres cuotas normales, quien vote en contra no paga. Así de simple. Si es menos, pagan todos, aunque no les guste. Y si la mejora solo afecta a unos pocos, lo lógico es que la paguen ellos, no toda la comunidad. No hay que buscarle más vueltas.
No hay jurisprudencia relevante que diga lo contrario. El Tribunal Supremo lo ha dejado claro: lo obligatorio lo paga todo el mundo, lo voluntario, solo quien lo quiera y lo vote, salvo que sea barato y se apruebe por mayoría cualificada.
Si tiene dudas, que le desglosen las partidas en la junta y que quede claro quién paga qué. Si mezclan obras obligatorias y mejoras en la misma derrama, mal hecho. Eso hay que separarlo. Si no, habrá líos y recursos. Así se evitan disgustos.