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10/07/2025 10:34

Declarado nulo un acuerdo comunitario que imponía los gastos del ascensor...

¿Puede modificarse un acuerdo comunitario sin unanimidad de los propietarios?

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La Ley de Propiedad Horizontal no tiene efecto retroactivo sobre acuerdos válidos anteriores y, por tanto, no cabe modificar los acuerdos comunitarios que generan derechos adquiridos sin unanimidad de los afectados.

El Tribunal Supremo ha fallado a favor de dos propietarios que se negaban a costear los gastos del ascensor de la comunidad porque en el momento en que se aprobó su instalación, en el año 1994, era un servicio NO obligatorio y votaron en contra del mismo, razón por la cual la comunidad les eximió de tener que costear el mismo hasta hace pocos años, cuando se cambió de opinión en una junta comunitaria sin contar con la unanimidad de los propietarios.

https://www.economistjurist.es/actualidad-juridica/jurisprudencia/declarado-nulo-un-acuerdo-comunitario-que-imponia-los-gastos-del-ascensor-a-los-propietarios-que-habian-sido-eximidos-de-dicho-coste-por-acuerdo-unanime-previo/

 

Fin del hilo
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