La actuación del ayuntamiento es un abuso de poder manifiesto y tiene todas las de ganar si actúa correctamente. Su punto más fuerte, el que es casi imposible de defender para ellos, es la accesibilidad. Ninguna "discrecionalidad" municipal está por encima de la ley, y el Código Técnico de la Edificación prohíbe crear obstáculos que impidan o dificulten el acceso a una vivienda. Este es un hecho objetivo, no una opinión. A esto se le suma el ruido y los olores, que el Código Civil define como "inmisiones" ilegales que usted no tiene por qué tolerar y que vulneran su derecho constitucional a la intimidad del artículo 18. La estrategia debe ser la siguiente: actúen como Comunidad de Propietarios y presenten un requerimiento formal exigiendo la retirada inmediata, fundamentado en la obstrucción del acceso (adjunten fotos) y la vulneración de la normativa de ruidos y salubridad. Este paso obliga al ayuntamiento a darles una respuesta por escrito. Si es negativa o no contestan, acudan a la vía contencioso-administrativa. Un juez, ante la evidencia de un acceso bloqueado, les dará la razón.