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A
AltosMarbella
31/08/2025 12:37

Seguro decenal.

¿Los daños estructurales de la piscina están cubiertos por el seguro decenal?

704 lecturas | 8 respuestas

Hola, 

Tengo una pregunta sobre el seguro decenal.

Tengo entendido que este seguro cubre los problemas estructurales de la construcción.

En mi urbanizacion, entregada en julio de 2019, se nos ha vaciado una piscina -bastante grande- de la noche a la mañana. 

Preocupados por los efectos sobre la construcción de toda ese agua, contratamos un arquitecto, que no ha detectado ningún problema y asume que el agua se filtró al terreno. Pero en su infrome señala que la mala colocación del “linier” (la capa “como de plástico” que recubre la piscina) ha supeusto filtraciones que en estos cinco años han ido afectando a la estructura de la piscina y su cimentación. Estos daños estructurales han terminado por crear una grita que ha roto en linier y por donde se ha escapado el agua. 

Señala que por supeusto hay que cambiar el linier, pero además hay que reparar la estructura de hormigón armado en la que se asienta la piscina. 

Mi postura es que al menos los daños estructurales Sí entran en el seguro decenal, e incluso el cambio del linier ya que su rotura se debe a los daños estructurales. Pero nuestro administrador dice que ese tipo de daños no están incluidos -siempre nos ha aconsejado que paguemos los propietarios, por ejemplo en las reclamaciones al promotor, yo creo que porque es más facil para ellos-. 

¿Alguien me puede decir algo al respecto?  Gracias.    

 

 

 

 
F
Fixin
03/09/2025 08:53
Fontanero, yo creo que ya vale, no? En el otro foro la lías a diario, en este también, yo creo que los administradores deberían actuar de una vez porque es desagradable que ante cualquier pregunta de cualquier forero siempre tengas que faltar al respeto a todo aquél que te aclara las cosas que, como es evidente, desconoces.
Este año no te vas de vacaciones?
 
ARV1
ARV1
01/09/2025 21:33
AP Sevilla,
231/2009, de 26 de mayo.
Ponente: RUPERTO MOLINA VAZQUEZ

EXTRACTOS
Basta con demandar a promotora quien puede repetir contra los demás intervinientes en la obra.
......
Un poco más de respeto y educación Sr. Poliplos. Es usted muy pesado.
 
ARV1
ARV1
01/09/2025 21:27
Poliplos.

AP Madrid,
331/2010, de 17 de junio.
Ponente: CARLOS LOPEZ-MUÑIZ CRIADO

EXTRACTOS
No es necesario demandar a la constructora cuando en el proceso la parte pasiva recae sobre la promotora, que en caso de ser condenada podrá repetir contra la primera.
.......
Cuantas más como ésta quiere???
Y no se una al pamplina, que con uno ya es bastante.
 
ARV1
ARV1
01/09/2025 09:20
Evidentemente no conocemos con detalle las causas y por ello es importante una peritación, pero si es por ceder la solera o los muros de contención, casos frecuentes, claro que lo cubre. De todas formas esto lleva un proceso que puede durar varios años tal y como está la justicia, salvo que hay buena voluntad por las partes.
 
P
P0liPl0s
01/09/2025 06:49

Sí, sí. No digo que los daños estructurales en una piscina no puedan estar cubiertos por la póliza decenal. Dependerá del caso. En la sentencia que ha dado no se detalla ni los daños ni (y esto es lo más importante) cuál es su origen. Daños estructurales directos como consecuencia de un defecto de diseño o de construcción podrán estar cubiertos. Tal como dice la propia sentencia:

“El precepto pues se construye bajo sendas exigencias, la primera de ellas es que se trate de daños estructurales, y la segunda que los mismos afecten de forma directa a la resistencia mecánica y estabilidad del edificio.”

La cuestión en el caso que nos ocupa es que los daños estructurales que sufre el consultante no son directos, sino que se trata, según el informe de un arquitecto (¿quizá perito judicial?), de daños secundarios ocasionados por una filtración. Las filtraciones, después de 6 años, están fuera de la cobertura decenal, puesto que sólo tienen cobertura los 3 primeros años. Si la filtración ya no está cubierta, es muy dudoso que sus consecuencias lo vayan a estar. Y ahí se agarrará, con toda seguridad, la defensa de la aseguradora. Ahora bien, si se obtiene un informe pericial que diga otra cosa y que asegure que los daños estructurales son directos, sin causa secundaria fuera de cobertura, sí podrían reclamar con alguna garantía. Yo, con los pocos datos que tenemos, no me atrevería a prometer nada.


Editado por P0liPl0s 1/9/2025 6:53
 
ARV1
ARV1
31/08/2025 21:30
AP Alicante, Sec. 4.ª, 395/2023, de 31 de octubre. Recurso 1120/2022
Ponente: PALOMA SANCHO MAYO

 EXTRACTOS
 
Los daños en la piscina derivados de la deficiente ejecución de la solera quedan cubiertos por la póliza de seguro decenal y la aseguradora debe proceder a su reparación

FALLAMOS 

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 3 DE VILLAJOYOSA, en los autos de juicio Ordinario nº 927/18, se dictó en fecha 20-12-22 sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
"Que ESTIMANDO la demanda interpuesta por CP DIRECCION000 representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Mayor Segrelles frente a CASER CAJA DE SEGUROS REUNIDOS S.A., representada por el Procurador de los Tribunales Sr. Lloret Espidebo CONDENAR y CONDENO a la citada demandada la reparación de los daños conforme al informe pericial emitido por el Sr. Emiliano (doc. nº 34 de la demanda) en el plazo de seis meses, sufragando los gastos que en concepto de licencias, tasas y permisos se tengan que soportar a consecuencia de tales obras.
Se imponen las costas del proceso a la entidad demandada."
.........
Pero se debe acreditar por un perito judicial.
 
P
P0liPl0s
31/08/2025 18:43

El seguro decenal cubre los daños estructurales graves y directos, que puedan provocar la ruina del edificio. No cubren las filtraciones, como la que describe usted, ni sus consecuencias, que ya no son daños directos. Si esa filtración, que ya no estaría cubierta después de 6 años, ha provocado daños estructurales, el seguro va a escurrir el bulto. Por supuesto, pueden tratar de reclamarlos judicialmente, pero no creo que lo tengan fácil. 

 
ARV1
ARV1
31/08/2025 13:17
Aunque no tengo mucho tiempo ahora para contestarle, por lo que cuenta estaría dentro de vicio de ejecución por incumplimiento de contrato y entraría en el seguro decenal, pero debe acreditarlo un perito judicial. Esto conllevaría una demanda que puede durar varios años. Por supuesto que el administrador no quiere este tipo de problemas, no gana nada con esto. Y si contratan a una empresa por vuestra cuenta, puede caerle una comisión. Le suena???
 

Fin del hilo
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