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B
Brandy
03/03/2026 15:55

Explicación de presupuestos aprobados

¿Cómo puedo obtener información detallada sobre los arreglos realizados en mi comunidad?

172 lecturas | 9 respuestas
Buenas tardes,
En mi comunidad no tenemos unas facturas de los arreglos que han ido haciendo varias empresas. Lo único que nos enviaron fue los presupuestos donde algunas de la partidas no se hicieron y no tengo claro el importe de cada uno de ellos.
Le he pedido al administrador cita para que me muestre el importe de cada partida y se niega diciendo lo siguiente:
"Las explicaciones sobre obras de ejercicios pasados ya fueron tratadas en la junta de propietarios correspondiente donde fueron aprobadas dichas cuentas, como se hará en la próxima junta respecto de las últimas obras, que es el fuero adecuado para tratar estos asuntos".
Entiendo que es así pero se han pintado dos terrazas que no veo que estén en los presupuestos.
Puedo hacer algo o me tengo que aguantar?
Saludos y gracias
 
L
lukatena
04/03/2026 21:23

 

Cita:  Eloy516Hoy 20:10 dijo:
La gran mayoría de comunidades, están sometidas a una dictadura, y sin lugar a duda la LPH es una ley vomitiva.

Vamos a ver. Yo entiendo perfectamente que haya gente que sienta que vivir en una comunidad es como estar en una pequeña república bananera. Porque a veces lo parece. Cuatro se ponen de acuerdo, levantan la mano, y el resto a pagar. Y claro, uno se indigna.

Ahora bien, decir que la Ley de Propiedad Horizontal es una dictadura… eso ya es otra cosa. La ley, en sí misma, no está pensada para aplastar a nadie. Está pensada para que un edificio funcione. Porque cuando hay zonas comunes, tejado, ascensor, fachada… alguien tiene que decidir. Si no, aquello sería el caos.

¿Qué pasa? Que muchas veces no falla la ley, falla cómo se usa. Falla el presidente que se eterniza, el administrador que informa lo justo, los vecinos que no van a las juntas y luego protestan en el ascensor. Y así se crea esa sensación de rodillo.

La norma, guste más o menos, establece mayorías distintas según lo que se acuerde. No todo vale con levantar la mano y ya está. Y si un acuerdo es ilegal, abusivo o perjudica gravemente a un propietario, se puede impugnar. El problema es que impugnar cuesta tiempo, dinero y energía. Y ahí es donde muchos tiran la toalla.

Yo le doy mi opinión: no es una ley vomitiva. Es una ley imperfecta, como casi todas, y muy dependiente de la calidad democrática real de cada comunidad. Donde hay transparencia y sentido común, funciona razonablemente bien. Donde hay opacidad y pasotismo, se convierte en un pequeño cortijo.

Si hay algo concreto que le haya ocurrido, cuéntelo. Porque muchas veces lo que parece una imposición sin remedio tiene recorrido jurídico. Y otras veces, siendo honesto, lo que hay es una mayoría legítima que decide algo que a uno no le gusta. Y eso también forma parte de vivir en comunidad.

 

 


 

 
E
Eloy516
04/03/2026 20:10
lukatena, todo lo que dice usted es verdad.
Pero del dicho al hecho.
Ya sabes, ná, de ná, de ná, de ná, de ná. Ajo y agua.
Esa ley nada más favorece a los ¿administradores?, porque a los propietarios honrados, no les favorece en absolutamente nada.
La gran mayoría de comunidades, están sometidas a una dictadura, y sin lugar a duda la LPH es una ley vomitiva..
 
L
lukatena
04/03/2026 12:35

En cuanto a la Ley de Propiedad Horizontal, cualquier propietario tiene derecho a conocer y revisar la documentación que respalda las cuentas de la comunidad. El administrador está obligado a mantener esta documentación a disposición de los vecinos, y las cuentas deben aprobarse acompañadas de sus justificantes: facturas, contratos, recibos, etc. No sirve simplemente presentar presupuestos; los gastos deben estar respaldados por documentación real.

Si las cuentas se aprueban sin la debida justificación o incluyen partidas incorrectas, se puede impugnar el acuerdo en un plazo de tres meses desde su notificación (un año si el acuerdo va contra la Ley o los estatutos), siempre que se esté al corriente de pago o se consignen las cuotas pendientes. El acceso a la documentación no se limita al día de la junta: se puede solicitar verla en la administración en horario razonable, con cita previa.

Qué se puede hacer: enviar un requerimiento formal al administrador y al presidente, pidiendo cita para revisar facturas, certificaciones de obra y justificantes de las “dos terrazas” pintadas, preferiblemente mediante burofax o correo electrónico con acuse. Solicitar que en la próxima junta se incluya en el orden del día la rendición detallada de cuentas con soporte documental, la regularización de gastos no presupuestados y la organización de turnos para consultar documentos.

Si la negativa persiste, se puede pedir una auditoría de cuentas si la junta lo aprueba por mayoría simple, o impugnar judicialmente el acuerdo de aprobación de cuentas por falta de documentación. También existe la opción intermedia de solicitar ver o recibir copias parciales de facturas y certificaciones de obra por encima de cierto importe, respetando la protección de datos personales.

 
B
Brandy
04/03/2026 07:31
Gracias a todos!.
 
ARV1
ARV1
03/03/2026 21:27
Sí las cuentas son aprobadas y no se impugnan, pero posteriormente se observa que hay irregularidades, que son incorrectas por parte del administrador, se pueden recurrir en el juzgado???
 
E
Eloy516
03/03/2026 20:13
El administrador tiene la obligación de rendir las cuentas a los administrados. Le guste o no le guste.

Ya está bien de abusar¡¡¡
 
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P0liPl0s
03/03/2026 18:47
Otro tema es la falta de facturas. Pero eso es un tema a tratar aparte, porque hay que saber de quién es la responsabilidad.
 
P
P0liPl0s
03/03/2026 18:45
Cita:

el hecho de que no le presente ni le dé explicaciones al respecto el administrador, denota que tiene poca transparencia. Tengan cuidado con él.

Para éste año actuará de la misma forma, pero si hay reformas que cobra pero que no hace, eso puede ser una estafa. 

1) El administrador tiene razón. Le ha dicho que las explicaciones se piden y se dan en la junta de propietarios y no a nivel individual, a cada propietario que lo solicite.

Las de obras pasadas se dieron en la Junta anterior y las recientes se darán en la próxima junta. 

¿Eso es falta de transparencia?


2) El consultante dice que se han hecho actuaciones que no estaban incluidas en el presupuesto, no al revés. 

Como siempre, su infinita animadversión le nubla totalmente el juicio. 
 

 

 
ARV1
ARV1
03/03/2026 18:35
Por lo que entiendo, el año pasado se hicieron unas obras o reparaciones. Para ellas, el administrador mandó unos presupuestos que debieron ser elegidos el más o los más conveniente por la junta de propietarios, y se realizaron. En la junta de ese año, su coste iban incluido en la liquidación y debieron aprobarse. De todo esto, el presidente de ese año debe tener conocimiento, por lo que debe preguntarle a él. Por otra parte, el hecho de que no le presente ni le dé explicaciones al respecto el administrador, denota que tiene poca transparencia. Tengan cuidado con él.

Para éste año actuará de la misma forma, pero si hay reformas que cobra pero que no hace, eso puede ser una estafa. Trátelo con el presidente actual, el cual debe ser conocedor de esos trabajos y a ver qué le dice. Las obras no urgentes tienen que ser aprobadas en junta de propietarios una vez conocidos sus presupuestos aunque la obra sea necesaria, y ni el presidente tiene poder de ordenar la ejecución de esas reformas, aún menos el administrador (repito, siempre que no sean urgentes). El administrador no es ni más ni menos que un empleado de la comunidad.

Sí la reforma es necesaria no requiere aprobación en junta, porque hay que hacerla, y depende de la urgencia que requiere la puede ejecutar el administrador informando de ello al presidente. Si no es urgente, se debe presupuestar y aprobar el más interesante a los ojos de los propietarios.
 

Fin del hilo
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