Un Juzgado de Primera instancia de San Javier (Murcia) ha dictado sentencia el día 06-10-25, en contra de una Comunidad de vecinos de la Manga del Mar menor, en la que administrador puso en el Acta que todos los gastos por las demandas contra él las pagase la comunidad, sin haberse anunciado previamente en el orden del día, aparte de que no lo dispone tampoco el art. 17 de la LPH, como gasto necesario para la comunidad. Declarando nulo el acuerdo de la Junta.
Este es el tercer pleito en contra de esta comunidad, el primero el presidente hizo una plaza de aparcamiento en la zona peatonal de la comunidad. Que tras la denuncia hubo que volver a ponerlo en su formato original.
El segundo, estaban obligando a los vecinos arreglarse por su cuenta la válvula reguladora de presión, la cual está integrada en la instalación del Grupo de presión y además está en una zona de uso restringida y fuera de sus viviendas particulares, como establece el Ar. 396 del Código Civil. Tras la demanda rectificaron y ahora corre por cuenta de la comunidad los arreglos. Es poco creíble que un administrador no conozca estas peculiaridades, y que al final la comunidad tenga que pagar las consecuencias, corriendo con los gastos.
Y la tercera en la que Administrador quiso que todos los gastos por las denuncias contra él las pagase la comunidad. Declarando el Juzgado mediante sentencia nulo ese acuerdo. Al final los errores los paga la comunidad.
En la contestación de la demanda al Juzgado utilizaron quince descalificativos contra el denunciante, así como negaron la evidencia de los hechos como ser el propietario o tener deudas con la comunidad, cuando los representantes de la comunidad, abogado y administrador, conocían perfectamente su situación, lo cual el Juzgado no tuvo en cuenta ninguna de estas insinuaciones, pero demuestra la animadversión de algunos contra este propietario por ejercer un derecho legítimo, como se ha demostrado.
Para más detalle pueden visitar la web: https://www.comunidades-atipicas.com/sentencia-judicial