Sí, es legal, pero es un tema delicado. La comunidad puede acordar remunerar al presidente por su trabajo, y una forma es eximirle de las cuotas.
Para que esto sea 100% legal y no haya problemas después, se necesita la unanimidad de todos los propietarios (y de sus cuotas de participación) en la Junta. Esto es porque afecta a la obligación de todos de pagar los gastos comunes.
¿También aceptaría un pago moderado, unos 150€ al año por tal servicio?
¡Esto es totalmente posible y, de hecho, más sencillo! Pagarle una cantidad fija (como esos 150€ al año) se considera un gasto más de la comunidad por un servicio.
Para aprobar este pago, solo necesitaréis la mayoría simple de los propietarios que asistan a la Junta (y que representen la mayoría de las cuotas de participación de los presentes). Es decir, más votos a favor que en contra.
Un apunte: Si le pagáis, el presidente debería declararlo a Hacienda.
Eximir de cuotas: Necesita unanimidad de todos los propietarios.
Pagarle 150€ al año: Necesita mayoría simple de los asistentes a la Junta.