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1980Maria
13/05/2026 16:59

Derrama no aprobada en junta

¿Debo pagar una derrama de 2019 si ya pagué la de 2025 que incluía la deuda inicial?

564 lecturas | 4 respuestas
Hola, soy María y este es mi primer mensaje en este foro.
Me gustaría saber si alguien me puede ayudar.

Soy propietaria de una parcela de garaje dentro de una comunidad de propietarios, que a su vez pertenece a otra comunidad de propietarios. Por ponerlo en perspectiva, en los bajos de un edificio había un local que se convirtió en garaje y se creó una comunidad de garajes legalmente registrada.

El caso es que hace ya unos años, en 2019, la comunidad del edificio nos mandó una notificación diciendo que debíamos un dinero para una futura obra de unos patios. El presidente de turno puso en el tablón de anuncios que nos reclamaban ese dinero y las cuotas que correspondían a cada una de las parcelas del garaje. No hubo ninguna reunión y no hay ningún acta diciendo que fuéramos a pagar una derrama. La obra finalmente se hizo 4 años después, por lo que no era una obra urgente.
Y realmente mi comunidad de los garajes no pagó nada a la comunidad del edificio, que eran unos 3500€. Yo en ese momento no pagué mi parte porque quise esperar a que se iniciase la obra, y como yo algún vecino más.

Posteriormente contratamos a un administrador de fincas para llevar las cuentas sobre el 2022 o 2023.
Y ya en el año 2025 la deuda con la comunidad del edificio ascendía a 6000€ (los 3500€ anteriores más otros 2500€) y el administrador de fincas establece una derrama para pagar esos 6000€ que se le deben a la comunidad del edificio.

Yo ya he pagado esa nueva derrama de 2025, ya que incluía también la cantidad inicial que se reclamaba en 2019. Ahora me encuentro con que el administrador de fincas también me reclama ese pago de 2019, que como digo ya está recogido en la derrama del 2025 con la deuda total.

Yo aquí entiendo que no procede esa reclamación, en primer lugar porque no hay un acta que indique la aprobación de la derrama de 2019. Aunque también entiendo que aunque existiese ese acta para la aprobación de dicha derrama de 2019, ésta estaría duplicada en la derrama de 2025 y no procedería. El caso es que parece que quieren que paguemos aquella obra dos veces.

Por otro lado, he leído que incluso estando aprobada la derrama en la junta de 2019, habría quedado prescrita por haber pasado 5 años sin haber sido reclamada por la comunidad ni reconocida por mí como deuda.

A ver si alguien me puede ayudar.

Muchas gracias.
María
 
F
foradeservei
18/05/2026 18:55
Las deudas de los últimos 5 años prescriben a no ser que les haya enviado un burofax alegando que se pare la prescripción.
 
carolinevega
carolinevega
18/05/2026 15:16

Nos puede explicar como puede debe usted a " UNA PERSONA" un dinero?
Las deudas son siempre con la comunidad
Nos puede explicar porque su deuda aumenta año año?
Son dos cosas que no cuadra con la LPH

Supongo que la deuda a otro popietario es solamene un ejemplo, pero que la duda aumnte es inexplicable


Editado por carolinevega 18/5/2026 15:19
 
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1980Maria
18/05/2026 15:05
Hola, gracias por responder.

Esa derrama que usted llama "fantasma" no fue pagada por varios propietarios, incluida yo. Como digo, decidí esperar a que se comenzase la obra y tardó 4 años en empezar. Básicamente en 2019 nos atribuían a los propietarios de trasteros una deuda por el coste total de la obra de rehabilitación, sin saber cuándo se iba a llevar a cabo la obra y sin que los vecinos de los pisos la hubieran pagado.

Entiendo que la derrama de 2025 hay que pagarla, cosa que he hecho, porque está aprobada en junta y si alguien adelantó el pago en 2019, la administración de fincas debería habérselo compensado en el importe de la derrama de 2025.

Yo lo veo así: en 2019 "debo" 50 euros a una persona, no se los pago y voy acumulando más deudas año a año y en 2025 el importe total que debo son 200€. Por lógica matemática le tendría que devolver 200€, pero él me dice que le debo los 200€ de 2025 y los 50€ de 2019. Es un ejemplo de lo que nos está diciendo la administración de fincas.


 
J
juancojua
16/05/2026 10:11

La deuda original de 2019: Si no hubo junta ni acta, esa deuda no era legalmente exigible en su momento. 
La derrama de 2025: Si esta derrama sí se aprobó correctamente en una junta de su comunidad de garajes, con su acta y todo, entonces, aunque sea para pagar una deuda que en su origen era "fantasma", la decisión de su comunidad de pagarla es, en principio, válida. Es decir, su comunidad ha decidido asumirla.

Ahora bien, que su comunidad haya decidido pagarla no significa que ud. como propietaria, no pueda hacer nada si cree que esa decisión fue un error o que se basó en una deuda que nunca debió existir.

La pregunta del millón es: ¿Está dispuesta a mover ficha para intentar recuperar ese dinero o, al menos, que se aclare la situación? Si es así, se podría explorar si hay alguna forma de impugnar el acuerdo de la derrama de 2025, argumentando que se basa en una deuda anterior que no era válida.

Para eso, necesitaríamos saber: ¿Tiene el acta de la junta de 2025 donde se aprobó esta última derrama? Es importante ver cómo se justificó el pago de esa deuda de 2019.

 

Fin del hilo
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