La deuda original de 2019: Si no hubo junta ni acta, esa deuda no era legalmente exigible en su momento.
La derrama de 2025: Si esta derrama sí se aprobó correctamente en una junta de su comunidad de garajes, con su acta y todo, entonces, aunque sea para pagar una deuda que en su origen era "fantasma", la decisión de su comunidad de pagarla es, en principio, válida. Es decir, su comunidad ha decidido asumirla.
Ahora bien, que su comunidad haya decidido pagarla no significa que ud. como propietaria, no pueda hacer nada si cree que esa decisión fue un error o que se basó en una deuda que nunca debió existir.
La pregunta del millón es: ¿Está dispuesta a mover ficha para intentar recuperar ese dinero o, al menos, que se aclare la situación? Si es así, se podría explorar si hay alguna forma de impugnar el acuerdo de la derrama de 2025, argumentando que se basa en una deuda anterior que no era válida.
Para eso, necesitaríamos saber: ¿Tiene el acta de la junta de 2025 donde se aprobó esta última derrama? Es importante ver cómo se justificó el pago de esa deuda de 2019.