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E
Entrevias
14/05/2026 20:13

Cierre del ejercicio.

¿Cuándo debo estar al corriente de pagos en la reunión anual de la administración?

123 lecturas | 4 respuestas
Hola.
Si el ejercicio 2024- 2025 se cierra en octubre y la reunión anual se realiza el mes de abril, osea han pasado 6 meses.
La administración presenta las cuentas 2024- 2025 y dice que tienen derecho a votar quién está al corriente de pagos hasta septiembre.
si la reunión se hace en abril y se aprueba el nuevo ejercicio que va desde octubre 2025 hasta octubre 2026, los dos primeros trimestres todos los propietarios son morosos porque nadie a pagado desde octubre 2025 hasta el día de la reunión.
Mi pregunta es cuando tienes que estar al corriente de pagos en el cierre del ejercicio o el mes que se hace la reunión.
 
ARV1
ARV1
17/05/2026 10:56
Lo que me parece raro es que el ejército se cierre en Octubre. Lo normal es hacerlo al terminar el año, porque el nuevo año trae subidas de IPC en todos los contratos de forma general. Nosotros hacemos la reunión ordinaria en los tres primeros meses del año para liquidar el año anterior y aprobar (con la subida de los IPC) el presupuesto de ese año.
 
Kurrito
Kurrito
17/05/2026 10:26
Es justo en el momento que comienza la Junta General. Y le diré más, salvo que tengan establecido en Estatutos o aprobado en Junta, un día concreto de pago, se puede celebrar la Junta, y VOTAR, sin haber pagado la cuota del mes en curso, ya que en este caso, tiene todo el mes para pagar.
A los administradores les jode mucho que se emplee este derecho.
Sal U2
 
L
lukatena
15/05/2026 10:09

El cierre del ejercicio (por ejemplo, de octubre 2024 a octubre 2025) es solo un tema contable para presentar y aprobar las cuentas de ese periodo, pero no decide quién puede votar.
El artículo 15.2 de la Ley de Propiedad Horizontal dice que no tendrán derecho de voto los propietarios que, en la fecha de la junta, tengan deudas vencidas y exigibles con la comunidad y no las hayan pagado ni impugnado.
Por eso, el criterio práctico es mirar si, el día de la reunión de abril, cada vecino tiene pagadas las cuotas que ya han vencido según lo acordado en la comunidad. Si las tiene al día, puede votar; si tiene recibos vencidos sin pagar, no.

 
L
luismp
14/05/2026 23:57
En el momento de hacer la reunión.
 

Fin del hilo
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