Buenas. Soy propietario de un local con acceso desde la calle. Deseo hacer un apartamento pequeño, y la escritura de propiedad de mi local dice que puedo hacer una puerta de aceso por el portal del edificio contribuyendo a los gastos de limpieza y mantenimieno de ello. Pero una reunion reciente de la Comunidad dice que se prohibe a los pisos hacerlos viviendas de uso turistico, y a los locales hacer el acceso a ellos desde el portal.
Pueden prohibirmelo ?