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E
Encar04
15/04/2008 11:53

Información de la OMIC

¿Qué información es importante para los propietarios de una comunidad de vecinos?

560 lecturas | 1 respuestas
Hola a todos, acabo de volver de la Junta Municipal de Arganzuela y me he entrevistado con un técnico de la División de la OMIC (Oficina Municipal de Información al Consumidor) en esta Junta Municipal y con otra persona que lleva temas de licencias (aunque las de los locales creo que no se gestionaban allí directamente).
A ver si consigo ordenar todo lo que me han contado.
Información de interés para TODOS los propietarios:
1.- Me recomiendan que elijamos un Administrador nosotros, en vez de quedarnos con el que nos pone la Promotora.
2.- Pedir los Estatutos de funcionamiento de la Comunidad.
3.- Ir al Registro de la Propiedad y comprobar si la cuota de participación asignada por la Promotora a los locales es menor que lo que les correspondería de manera proporcional al tamaño de dichos locales. En ese caso, denunciarlo porque es ilegal. Por mucho que digan los estatutos, lo legal es que los locales participen de los gastos de la comunidad, etc, etc, a razón del tamaño del local.
3.- Si el contenido de los estatutos no nos satisface, o no se corresponde con la legalidad, denunciarlos.
4.- Los estatutos se denuncian en una Junta de la Comunidad de Vecinos, que habrá que anunciar convenientemente (basta con un aviso en el tablón de anuncios de los portales).
5.- Cuando se solicita una licencia para desempeñar una determinada actividad en un local, el ayuntamiento realiza la investigación oportuna y ENVIA un informe o notificación a la Comunidad de Propietarios de la finca donde está sito el local, y ésta tiene derecho a personarse en el Ayuntamiento y estudiar el informe, alegando todo lo que considere oportuno en su contra, si así fuera el caso.
6.- Ponga lo que ponga en las escrituras, firmemos lo que firmemos, los Estatutos de la Comunidad siempre se podrán denunciar para ajustarlos a la legalidad (aunque lo mejor sería no tener que llegar a esos extremos, claro está).

Información de interés para los propietarios QUE NO SE SUBROGAN CON CAJA DE BURGOS:
1.- Ha salido una nueva ley (creo que me han dicho 1/2007, pero no estoy ahora muy segura) que recoje más claramente la obligación por parte del vendedor a hacerse cargo de todos los gastos asociados a la cancelación de cualquier crédito hipotecario que tuviera la vivienda previa a la venta. El técnico me ha recomendado firmar "no conforme" en la escritura, o firmar y denunciar posteriormente, para lo que ayuda haber enviado un burofax previo indicando la disconformidad. En cualquier caso habrá que ir a juicio, y será el juez el que decida en última instancia quién tiene razón.

Por último, me ha recomendado solicitar un borrador de la escritura antes del día de la firma y solicitar asesoramiento específico (debo recordaros que yo he ido sin la escritura). Me ha recomendado una asociación de abogados: ADICAE.
Un saludo.
 
E
Encar04
15/04/2008 12:06
Acabo de consultar en Internet, y ADICAE es una Asociación de defensa al ciudadano, en materia de servicios financieros. No sé si alguien será de la OCU, o algo así, pero igual en otras asociaciones también pueden dar este tipo de servicio.
Un saludo.
 

Fin del hilo
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