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ISIS_
ISIS_
03/12/2010 16:51

EMPADRONAMIENTO

¿Por qué no nos dejan empadronarnos en la finca número 4?

1.104 lecturas | 6 respuestas

Buenas Tardes Vecinos,

Os cuento que esta mañana estuve en el ayuntamiento a los efectos de intentar empadronarme,y digo bien intentar porque la finca por lo visto con el número 4 como tal aún no le figura al ayuntamiento,vamos q aun no la tienen dada de alta en el sistema informatico,además de que en la escritura aun figuraba como S/N y no como 4,al final despues de hablar con 2 personas la más responsable ha quedado en hablar con la jefa de urbanismo para que miren a ver con catastro para dar de alta PORQUE NO NOS DEJAN EMPADRONARNOS hasta que no se gestione el alta de la finca.

Yo le he comentado que somos 30 vecinos que en cuanto firmemos todos acudiremos a lo mismo al ayuntamiento a empadronarnos como es lógico ha quedado en llamarme la semana que viene para confirmarme a ver cuando es posible el alta de la finca y se autoriza el empadronamiento.....os lo comento para que no perdais la mañana como yo porque hasta que no la den de alta no os dejan empadronar,en cuanto me avisen os lo comentaré para que sepais que ya autorizan.

Me han enfadado porque yo ya tenia pedido permiso por mudanza en el trabajo y me toca cambiarlo para yo no se cuando...

Un saludo

 

 

 
ISIS_
ISIS_
11/12/2010 22:07

Buenas Noches,

¿Alguien del portal 3 ha logrado empadronarse?

 
ISIS_
ISIS_
07/12/2010 16:26

MaryJuan dijo:

Hola, una cuestión me podrías decir que papeles has tenido que presentar para el IBI y para el empadronamiento.

Muchas gracias.

Un saludo.

Para la reducción en el IBI solo te piden fotocopia de la copia simple de la escritura y de la calificación definitivan,y para el empadronamiento (que aun no se puede) fotocopia de la copia simple de la escritura o un recibo de alta de algun servicio(gas,luz,agua),pero el problema del empadronamiento es que aun no estaba dado de alta en el catastro y no les figura dada de alta ninguna de las viviendas,en esta semana espero que me informen quedaron en avisarme,os lo digo en cuanto me avisen.

Saludos

 
M
MaryJuan
06/12/2010 23:40

Hola, una cuestión me podrías decir que papeles has tenido que presentar para el IBI y para el empadronamiento.

Muchas gracias.

Un saludo.

 
ISIS_
ISIS_
04/12/2010 10:34

 

davis_29 dijo:

 

perdon isis que se me a ido y e puesto sirvi..jejejejje

 

 

El problema es solo en el Portal 3 que como da a Avda londres no está dado de alta aun en el catastro el resto de portales como la direccion es distinta si la tienen dada de alta.

Esperemos que lo resuelvan en breve

Thay1983 no hace falta que pidas cita puedes ir directamente y el horario es muy amplio ininterrrupido hasta las 19:30 de la tarde e incluso de 9 a 14 los sábados.

Saludos


Editado por ISIS_ 04/12/2010 10:38


Editado por ISIS_ 04/12/2010 10:38
 
Thay1983
Thay1983
03/12/2010 21:15

Yo lo flipo, no me voy a empadronar hasta mediados de mes pero me parece alucinante que no este nuestro portal aun.... 

Al margen de esto, alguno habeis intentando hacer el alta de telefono??? es que en movistar.es tampoco salimos...

Otra cosa... habeis tenido que pedir cita para el ayuntamiento como aqui en Madrid o habeis ido directamente???

Gracias

 
ISIS_
ISIS_
03/12/2010 17:12

Os cuento tb que investigando he descubierto que la finca no está dada de alta aún en el catrastro,lo cual se puede ver a través de esta página:

https://www1.sedecatastro.gob.es/OVCFrames.aspx?TIPO=CONSULTA

como comprobareis solo están dados de alta los números 5 y 6 de la calle pero el nuestro el 4 no.

El ayuntamiento me ha comentado que lo iba a revisar,y pasarlo pero creo que hasta que el no se de de alta en el castastro y a cada finca nos asigne el famoso numerito de 20 digitos(referencia catastral) que figura luego en el recibo del ibi que identifica a cada vivienda no nos va a ser posible empadronarnos.

Si que te permiten presentar la solicitud de la bonificación del ibi ,la solicitud ha de ser  presentada antes del 31 de diciembre del año en que se otorga la calificación definitiva, durante los 3 períodos impositivos siguientes al del otorgamiento de la calificación definitiva para que surta efectos en los ejercicios siguientes al de la presentación.

Por cierto,por si alguien quiere reflejarlo en la solicitud la normativa vigente en base a la que se aplica es la siguiente:

Viviendas de protección oficial y sus equiparables según la normativa de la Comunidad de Madrid.

Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Redacción aprobada por Acuerdo Pleno de 22 diciembre 2008. BOCM. Núm. 309 de 29 diciembre 2008, vigente para el año 2010 conforme al Acuerdo Pleno de 23 diciembre 2009.

Saludos
 


Editado por ISIS_ 03/12/2010 17:19


Editado por ISIS_ 03/12/2010 17:20
 

Fin del hilo
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