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C
chevy
04/03/2005 09:47

Alquiler de viviendas

¿Se pueden alquilar los pisos VPP en nuestra comunidad?

2.850 lecturas | 38 respuestas
Buenos días vecinos,

Me gustaría saber si se pueden alquilar nuestros pisos, por que hay vecinos que los están alquilando, y al ser VPP, creo que no se puede, y si ya empezamos desde el principio a saltarnos normativas, mal vamos.

También quiero unirme a vosotros para llamar al Sr. Lara y montar una reunión, ya que hay temas que siguen coleando desde el primer día, y ahora que ya está solucionando el PADDLE, a mi y creo que a todos nos gustaría saber cuando se arreglará la bajada al garaje de los portales A-D, ya que llevamos más de tres meses con las baldosas rotas, cuando se van arreglar las filtraciones de agua en los garajes E-H, la limpieza, la seguridad que bueno poco a poco, va siendo mejor, pero deja mucho que desear, etc...

Yo creo que para lo que pagamos, se podrían hacer muchas cosas, y al principio hay que tener mucha paciencia pero creo que nos están tomando el pelo, y no olvidemos que el Sr Lara, trabaja para nosotros, no nosotros para él.

Por cierto,y sin animo de ofender, ¿se puede cambiar de presidente?, creo que un presidente que no vive en nuestra comunidad, y no ve los problemas del día a día, no nos vale. Necesitamos gente que viva en la comunidad, y quiera hacer cosas por ella, que se preocupe, que quiera reunirse con sus vecinos para ver los problemas. Yo creo que lo mejor sería poner un presidente y un secretario por portal, y hacer reuniones periódicas en cada portal, para ver desperfectos, mejoras, etc...

Un saludo cordial a todos.
 
L
lawnet
13/03/2005 20:59
¿Se pueden alquilar las viviendas de protección? ¿Puede un particular arrendar la VPP que le acaban de entregar si aún no tiene en mente habitarla durante unos años? Se trata de una duda muy frecuente que sólo tiene una respuesta: no.

«Una vivienda de protección pública (definición que ahora incluye a las antiguas viviendas de protección oficial y de precio tasado), ya sea de promoción publica o de promoción privada, está pensada como residencia habitual del adjudicatario, que está obligado a ocuparla en los tres meses siguientes al momento de su entrega», explica Andrés Vilacoba, abogado de la Asociación en Defensa del Propietario de la Vivienda (www.adeprovi.com y teléfono 902 362 952).

Tras la descalificación

Pero aunque las nuevas viviendas de protección no se pueden alquilar a priori, sí que es posible hacerlo una vez descalificadas ; es decir, toda VPP tiene una moratoria especificada en el contrato, un número determinado de años tras los cuales es posible venderlas o arrendarlas.

Para saber si se puede descalificar la vivienda de protección que uno posee es necesario conocer la fecha de adquisición (es decir, de calificación) y es conveniente que consulten a algún abogado experto en el tema y/o al Ivima en la Comunidad de Madrid (sus equivalentes en el resto de comunidades autónomas).

Algunas excepciones

Eso sí, hay algunas excepciones en las que es posible alquilar una vivienda protegida, aún sin descalificar, a un precio de alquiler máximo fijado. Todo depende de la normativa a la que esté sujeta. Si en el caso anterior aconsejábamos acudir a algún experto, en éste es algo aún más perentorio.

 

Fin del hilo
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