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V
vecinaa
24/01/2008 20:28

Respuesta de un abogado.

¿Qué opciones tengo si mi vivienda se retrasa en la entrega?

2.541 lecturas | 26 respuestas
Os pongo ahora la contestación de un abogado a una consulta sobre el retraso en la entrega de una vivienda. Nos puede servir a nosotros también.

CONSULTA DEL AFECTADO.

En Marzo de 2006 compramos sobre plano una vivienda. Respecto a la entrega de la misma, en el contrato pone lo siguiente:
-"...las obras finalizarán aprox. en Marzo de 2007."
-"...la entregará se realizará como máx. tres meses a contar desde la obtención de las licencias salvo que medie justa causa".
Estamos en Enero de 2008 y todavía no sabemos cuando nos la entregarán.Nunca se han puesto en contacto con nosotros.
Hemos reclamado en la oficina de la OMIC de nuestro ayuntamiento, su abogado contestó que el retraso no es culpa suya sino del ayuntamiento, de Iberdrola y de la Junta de Compensación, así que no se hacen responsables de nada.
Después de eso lo llevamos a la Junta Arbitral de Consumo, a la cual rechazaron acudir.
Creo que sólo nos queda ir por vía judicial, pero no estoy segura de que sirva de algo. Nos han dicho que se echan la pelota unos a otros y nosotros nos vamos a quedar igual y nos va a salir caro.
Me gustaría saber qué opciones tenemos y si de verdad podemos hacer algo para que nos paguen los gastos de alquiler, intereses etc que este retraso nos supone.
Deberíamos de esperar a la entrega del piso o no. Es mejor que nos juntemos más vecinos o no? Necesitamos un poco de luz en este asunto.
Muchas gracias

RESPUESTA DEL ABOGADO.

En primer lugar, ha hecho bien en recurrir a la Hoja de Reclamaciones, pues de esta forma queda constancia de que no está conforme con el retraso. Para no dejar lugar a dudas al respecto sería conveniente que enviara al promotor un Burofax, siempre certificado y con acuse de recibo, en el que:

1º) Le informe que NO ESTA CONFORME CON EL RETRASO, que no ha concedido prórroga de ningún tipo, que para Vd. el plazo de entrega era ESENCIAL (esto es importante).

2º)Le requiera para que a la mayor brevedad le JUSTIFIQUE suficientemente cuál es la causa del retraso y que dicha causa no le es imputable.

3º) Les requiera para que al amparo del Real Decreto 515/1989, de 21 de abril, sobre Protección de los Consumidores en cuanto a la información a suministrar en la Compraventa y Arrendamiento de Viviendas, les comunique la fecha en la cual le van a hacer entrega de su vivienda.

4º) Le requiera para que cumpla con su obligación de entrega inmeditamente, conforme a lo pactado, y de una vivienda en perfectas condiciones de habitabilidad tanto física como jurídica.

5º) Le informe que el retraso le está causando unos perjuicios graves pues tiene que pagar un alquiler.

Con esta comunicación estará preparando adecuadamente una posterior reclamación judicial.

¿Servirá para algo?

El envío de la comunicación no adelantará ni retrasará la entrega porque ello no depende de la voluntad de la promotora, por lo que cuenta, pero prepara la reclamación judicial posterior.

¿Serviría la reclamación judicial para algo?
Primero debe escuchar la respuesta que la promotora da para justificar el retraso. Los tribunales valoran caso por caso si dicho retraso le es imputable o no. Nosotros podemos hacer una evalución si nos informa con detalle de la respuesta de la promotora. Hay veces en que realmente, el retraso no les es imputable.

En general, retrasos en la tramitación de la Licencia de Primera Ocupación sí les son imputables pues debieron contar por adelantado con ese retraso a la hora de fijar los plazos de entrega en el contrato.

En cuanto a lo demás, lógicamente la unión hace la fuerza.

Miguel Gastalver Trujillo
Abogado
Especialista en Vivienda
 
C
Creadora del cielo
28/01/2008 13:15
¿Soy la única persona de este foro que no me parece que sea para ponerse así por tres dias pasada la fecha tope o por que se retrasen un mes en entregar las viviendas?
 

Fin del hilo
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