Si es cierto esto... ya es nula de pleno derecho
Disposición transitoria primera. Régimen transitorio en materia de contratos celebrados con los consumidores:
Los contratos con los consumidores deberán adaptarse a las modificaciones introducidas por esta ley, en el plazo de dos meses desde su entrada en vigor. Transcurrido dicho plazo, las cláusulas contrarias a lo previsto en esta Ley serán, por tanto, nulas de pleno derecho.
Disposición final undécima. Entrada en vigor.
La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Esto es, el 31 de diciembre de 2006.