Se trata de una liquidación del impuesto de actos jurídicos documentados... Ese impuesto es liquidado primeramente por el gestor del banco de tu hipoteca que realiza una tasación de la vivienda por el mínimo, es decir, el valor de compraventa que es el precio al que te ha vendido a tí la vivienda la constructora... Como ese valor no es real, la oficina de registro hipotecario de Olmedo realiza una nueva tasación aplicando sus propios baremos, con lo que te tasa la vivienda a un precio superior al de compraventa... La diferencia entre la tasación al precio de compraventa y la tasación al precio que realiza la oficina de registro hipotecario de Olmedo es lo que te toca pagar a mayores, que es lo que te han enviado (o te van a enviar) por correo para que pagues...
Yo estuve investigando en su momento y también recomiendo pagar sin reclamar porque es bobada y cuanto más lo retrases te va a tocar pagar más por los intereses de demora...