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P
piluchi
06/05/2006 10:37

Variación del precio de la vivienda segun vendedor

¿Onde2000 negocia con inmobiliarias para vender más caro?

1.459 lecturas | 10 respuestas
Hola esta información es para el que le interese, he estado consultando lo que cuesta un piso en el residencial en internet y hay una variación de entorno unos 10 millones mas baratos en imobiliarias y particulares que en Onde2000.
con lo cual he tenido la siguiente sospecha que Onde haya negociado con inmobiliarias a un precio menor que el que vende Onde y asi se manifiesta la situación de chollo con lo que comprar en inmobiliarias. Y al fin y al cabo lo que le interesa a Onde es vender.
Esta sospecha esta basada tambien cuando fuy a una inmobiliaria y tenia tantos pisos en el residencial como quisiera
 
Us2
Us2
08/05/2006 10:37

He conseguido rescatar del foro estas explicaciones de las cesiones de derecho, para los que os encontréis en esta situación o parecida el tema ya se trato y las explicaciones y aclaraciones parecen coherentes, si queréis mas información el mensaje era de impedium una inmobiliaria y otros foreros .


“Hay dos tipos de contratos, uno en el que si puedes hacer cesiones de derchos y otros en los que no, la diferencia entre ambos es la inclusión de una clausula o no, en los contratos de compraventa.

Si hay transmisión onerosa de un particular, comprador de una vivienda en construcción, de los derechos derivados del contrato de compraventa de dicha vivienda, a un tercero. Entonces se determinara la base imponioble de cesión o transmisión de derchos mediante cuyo ejercicio hayan de obtenerse bienes determinados y de posible estimación se exigirá el impuesto por iguales conceptos.

Es decir, que se habrá de atender al valor del inmueble cuyos derechos se han cedido mediante la operación de cesión de derechos, puesto que tal bien es el que se obtendrá en su momento el cesionario de los derechos del contrato privado de compraventa cuando se ejerciten aquellos.

Por otro lado el artículo 53 del Texto Refundido del ITP y AJD establece que" Los órganos judiciales, bancos, cajas de ahorro, sociedades, funcionarios, particulares y cualesquiera otras entidades publicas o privadas, no acordarán las entregas de bienes a personas distintas al de su titular sin que se acredite previamente el pago del impuesto. Su excepción, salvo que la administración lo autorice".

Con lo cual, la promotora, con carácter previo a la entrega del bien y del otorgamiento de la escritura publica, deberá exigir al nuevo titular, sujeto pasivo de la cesión de derechos que ha originado el cambio de titrularidad, que acredite el pago del impuesto originado por la citada operación. “


“Contestación a SHF!
Estoy de acuerdo con tu comentario. Espero informarte y no desinformarte con lo que te voy comentar. Tu escrito es correcto pero incompleto.Si la transmisión es realizada por un particular, tú y yo estamos deacuerdo. Como ya comente, existe la posibilidad de que sea una empresa y no un particular quien ceda los derechos (si así lo tiene contemplado en su contrato) en este caso, la empresa debe emitir una factura por su contraprestación más su correspondiente IVA (Ley 37/1992). Como el cliente se queda con la factura se la puede presentar a Onde 2000 en el momento que esta lo solicite, cumpliendo de esta manera totalmente la Ley.
No se que te hace pensar que mi escrito es confuso o mal intencionado. Mi intención ha sido clarificar una cuestión complicada como es la cesión de derechos de un contrato de compraventa. Y lo único que recomiendo, al igual que tú, es que se paguen los impuestos correspondientes (ITP o IVA) para evitar problemas.
Espero que haya sido útil mi información, tanto para el que decide comprar a Onde 2000 directamente como para el que decide comprar a través de una cesión de derechos”.


Gracias
 
G
GART
08/05/2006 08:33
Piluchi, tienes razón, ¿pero donde no son abusivos?, y cuanto más te acerques a Madrid más abusivos son los precios. ¿No es abusivo que un piso en la zona del Retiro de Madrid te cueste ya un millón de euros?, ya se que es muy céntrico, ¡pero un millón de euros!, por no hablar de Leganes o de Getafe, vamos que un piso de caracteristicas similares (siempre hablando de pisos parecidos) en uno de estos dos pueblos no bajen de los "trescientos y pico mil euros" por tener cerca el Hospital, y el metro también me parece abusivo, porque no los valen. Si compramos en Seseña es por el precio, porque siguen siendo mucho más baratos que en cualquiera de estas zonas, y porque tienen una muy buena forma de pago.
 
P
piluchi
07/05/2006 23:42
Hola neburana, la verdad es que a mi no me da buena impresión siempre hay alguna causa que explique una situación asi, yo hice lo mismo y en el google y me salian todos y cuantos quisiera, pero tambien lo he presenciado en distintas inmobiliarias personalmente.
La verdad es que los precios actuales a los que vende onde 2000 son abusivos para la situación y condiciones que tiene el residencial, ya veremos en el futuro lo que pasa.
 
N
neburana
07/05/2006 22:15
hola ; por curiosidad hemos mirado en internet si se vendía algún piso en el Residencial para comparar precios ya que nosostros se lo queremos comprar a un inversor, y nos hemos quedado de piedra, pues se venden a porrillo de todos los tipos y para todos los gustos, tan solo hemos puesto en el google "pisos seseña" y de 60 o 70 ofertas que aparecen en las distintas ventanas casi el 100% son viviendas del Residencial ; ¿alguien sabe si ha ocurrido algo nuevo de lo que no nos hayamos enterado?
Nos parece extraño porque nosotros hace unas cinco semanas que empezamos a buscar piso en Seseña (todavía sin saber nada de la existencia del Residencial) y tan solo encontramos 1 anuncio de venta de una inmobiliaria, de ahí que nos parezca extraño la cantidad de ofertas que hay ahora.
 
K
kitar
07/05/2006 18:13
He firmado un contrato privado para hacer la operación cuando escriture. Ese dia, yo pagaré el piso y su IVA SOBRE EL 100%. En ese momento el piso es mio. El paso siguiente es venderselo al nuevo propietario, y el pagará el 7% sobre el 100% del precio del piso.
Si puedes cambiar la titularidad antes de escriturar, pagarás el IVA de lo que llevas pagado hasta ahora, y el nuevo propietario pagará el resto el dia que escriture y le concedan la hipoteca.
 
Monica80
Monica80
07/05/2006 16:48
Hola a tod@s:

Cuando compré mi piso, no pagué IVA, porque el anterior propietario, ya lo había pagado de todo el dinero que él ya había entregado y de lo que quedaba, que la verdad no era mucho, lo pagamos nosotros, luego, cuando escrituremos, pagaremos el 7% del ISTP y AJD (que es el dichoso impuesto del que hablamos).

Yo he trabajado algunos años en una promotora inmobiliaria, y cuando nos vendía un terreno un particular, pagábamos éste impuesto, y cuando nos lo vendía una empresa el IVA.
En realidad es lo más lógico, ya las empresas soportan o repercuten el IVA y luego cuando hagan la diferencia de cuánto han cobrado o cuánto IVA han pagado, le dan la diferencia al Estado ya que al ser un impuesto, a quien realmente se le paga es al estado.
En cambio, si la venta la realiza un particular, éste no puede cobrar IVA ya que no tiene ningún modelo específico para entregar éste IVA al estado, ¿qué se hace entonces? Cuando tu escritura llega al Registro de la Propiedad, piden el pago del ISTP y AJD, y de éste modo, queda recaudado otro impuesto sobre una compra-venta entre particulares, lo recauda el Registro.

Espero haber podido ayudaros en algo.
Saludos a tod@s
 
N
neburana
07/05/2006 12:58
Hola kitar,
tenemos una duda sobre lo que planteas. Dices haber vendido tu piso a otro particular y pagaste el IVA.
Nos puedes aclarar si pagaste el 7% de Iva, y si fue sobre el valor total de la vivienda o sobre lo que pagaste hasta su venta, es decir sobre el 100% o sobre el 20% (que sumaria la totalidad de los pagos aplazados antes de la hipoteca y que según tenemos entendido hay que liquidar para poder vender, y así dejarle al comprador solo la hipoteca).
Saludos.
 
K
kitar
06/05/2006 23:17
Como algunos sabeis tuve que vender mi piso hace poco. Lo hice por mi cuenta aunque estaba en varias inmobiliarias. Evidentemente que estaba mas barato pq necesitaba venderlo y así el que estuviera interesado tuviera alguna ventaja en comprarmelo a mi en vez de a Onde.
El IVA lo pagué yo y el ITP el comprador. Simplemente es negociarlo.
 
C
CALET
06/05/2006 19:50
Soy un familiar de Calet, esta comunicación es para Mónica o cualquiera de nuestros vecinos que nos pueda aclarar mas las cosas.
En su día adquirimos un piso de tres doritorios, en una inmobiliaria, y dentro de un mes tenemos que hacer el contrato de cesión. En su momento hablamos del 7% del impuesto de tramisiones y nos dijeron reiteradamente que al pagar un 7% de una cosa, no se puede pagar el 7% de Iva, o sea pagar dos veces por la misma cosa. Aún asi queremos que en el contrato de cesión figure una cláusula que indique de forma especifica que el impuesto del 7% de tramisiones corra a cuenta del cesante, en total consonancia con lo que me dijeron en la inmobi. Mi pregunta es ¿Cuándo vayamos a escriturar, todas estas precauciones tendrán su validez de cara a estamentos oficiales?. Os saludo y muchas gracias, ya nos veremos por el residencial.
 
Monica80
Monica80
06/05/2006 14:39
Hola!!
Nosotros también compramos a través de inmobiliaria nuestro piso. Es cierto que en ésta inmobiliaria tenían un par de pisos más del Residencial, ya que tiene una delegación en Seseña, y lógicamente, quien quiera vender su piso en Seseña, lo hará en una inmobiliaria en Seseña. Lo que no es cierto, es que tuviese ningún trato con Onde para venderle los pisos más baratos. Lo se, porue yo quería uno de 3 dormitorios, pero justo los 2 ó 3 pisos que tenían a la venta eran de 2 dormitorios, por lo que no pudo ser.

En cuanto al impuesto al que se refiere Raul, comentarle que yo antes de ir a la firma del piso, ya sabía que tendría que pagarlo. Éste impuesto se llama IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES, es exáctamente igual que el IVA de cualquier compra-venta, pero entre particulares. No es que Onde, vaya a informar a Hacienda y sea por ello por lo que te toca pagar, si nó, que cuando tu vayas a escriturar tu piso al Notario, éste tiene que poner el IVA de la compra-venta, el cual sólo existe entre 2 empresas o entre empresa-particular, pero como tu y yo hemos comprado a particular y no podemos pagarle IVA, ya que éste no se lo podría desgravar, lo que tenemos que pagar es éste impuesto que al fin y al cabo es el mismo porcentaje que el IVA que están pagando nuestros vecinos al comprar a Onde.

Sin embargo nuestra situación, si tiene una ventaja, y es que en realidad, vamos a pagar menos, ya que el dinero que ya había entregado nuestro vendedor a Onde, ya llevaba el IVA, por lo que en vez de pagar el IVA (7%) sobre el valor total del piso, como les sucede a quienes compran a Onde, nosotros vamos pagar el impuesto (7%) sobre todo el valor de piso MENOS lo que ya hubiera entregado el anterior propietario. Así que a mi parecer, podemos darnos con un canto en los dientes.

Piluchi, es cierto que en Onde, no te dan ninguna, ninguna facilidad, si compras a particular.

Saludos vecin@s.
 

Fin del hilo
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