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H
HPV
27/01/2007 13:59

Plazas de garaje

¿Cuáles son las medidas mínimas legales para un garaje?

1.348 lecturas | 9 respuestas
Buenos dias vecinos, tal y como nos comentaron en la reunion sobre la legalidad o no sobre el garaje, creo que nos comentaron que las medidas minimas legales eran 4,5 x 2,25.
No se si sera cierto o no, pues la verdad es que desconozco la ley sobre este tema, pero simplemente baje al garaje y medi mi plaza...y desgraciadamente me mide menos de lo que supuestamente deberia... 4,4 x 2,20 . Me faltan 10 centimetros de largo y 5 de ancho para ser legal.
Despues medi otra plaza y esta aun media menos... 3,9 x 2,20 .
No se si se podra reclamar algo, pues todos hemos comprado una plaza de garaje y hemos pagado por ella como si fuese legal, asi que al que no le entre no creo que le haga mucha gracia...
Un saludo.
 
B
boochan
29/01/2007 15:07
Respecto a las plazas de garaje y sus medidas, para que todos nos aclaremos y lo que podemos pedirle a DETINSA, la ley dice lo siguiente:

Las plazas de garaje deben tener una medidas mínimas que se especifican en los Planes Generales de Ordenación Urbana o Normas Subsidiarias de los distintos ayuntamientos, a fin de permitir el acceso y salida sin dificultades del vehículo que se estacione en las mismas.

Por otra parte, dichos espacios se marcan sobre el pavimento de la planta del edificio destinada a estacionamiento. Así, en Madrid capital, las plazas para vehículos pequeños y medios deben tener unas dimensiones mínimas de 450 centímetros de longitud por 225 centímetros de anchura.

Para que el Ayuntamiento extienda la licencia de obra de construcción preceptiva es indispensable aportar los correspondientes plazos de situación, alzada, etcétera.

En el supuesto de que dicha plaza de garaje no se ajustase al plano ni a los mínimos establecidos, se puede formular la correspondiente reclamación a la constructora, denunciar el caso a la Oficina de Consumo o presentar una demanda ante los tribunales para obtener la resolución del contrato de compraventa, con devolución de las cantidades entregadas y abono de indemnización por los daños y perjuicios causados por el incumplimiento de la promotora-vendedora.
 

Fin del hilo
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