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aranchita
24/11/2008 16:49

desgravar cantidades aportadas al promotor

Desgravará en la declaración de la renta los pagos al promotor

3.782 lecturas | 12 respuestas
Hola foreros,
se me plantea una duda, y como todos estamos en la misma situacion, o acabamos de pasar por algo relacionado con pisos y demás os digo a ver si me podeís decir..
Hemos firmado un contrato de compra-venta privado con una promotora, para un piso que se supone que nos daban el 1 enero de 2010. Al firmar esto entregamos 72ooo euros, y hasta la entrega de llaves no pagamos nada más.
Lo que no se si esta cantidad me desgravará en la declaración de la renta.
Si no fuera así me abriría una cuenta vivienda con lo que tengo ahorrado, y así por lo menos...
Si alguien sabe del tema por favor decirme, ya que la cuenta vivienda es la foto a 31 de Diciembre.
Muchas Gracias , y un Saludo!
 
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A
aranchita
27/11/2008 21:59
Muchas gracias por vuestras opiniones y aportaciones, en si lo que no sabia era si desgravaba las aportaciones al promotor, y si no fuera así , lo ahorrado lo meteria a una cuenta vivienda para poder desgravar algo en la declaracion de la renta, pero en ningun caso me planteé que desgravara por los 2...
 
V
vicente guerola
27/11/2008 18:51
Si tienes pareja y haceis la declaracion por separado os podeis desgravar 9015 euros cada uno
 
El Mano
El Mano
26/11/2008 22:23
Yo he pensado lo mismo cuando lo he leído. Es lamentabe que un profesional te asesore con tal aberración, pero bueno, tampoco sabemos exactamente que le habrá preguntado al asesor exactamente y que es lo que este ha contestado. A lo mejor lo ha entendido mal (o nosotros lo hemos entendido mal).
 
L
LauraRodriguez
26/11/2008 22:15
La verdad es que yo no soy una experta, he estudiado economicas y la fiscalidad es lo que mas controlo pero siempre puedes equivocarte.
Lo que me alucina es que se le plantee una pregunta de este tipo (que de verdad, es lo mas basico en temas fiscales, me refiero basico para personas que lo hemos estudiado) a un asesor y conteste que puedes hacerlo, si claro y hacienda le va a dar a esta pareja el 15% de los 72000 euros y el 15% de lo que deposite este año en cuenta vivienda....
Menos mal que inventaron el programa padre y no te permite hacer estas cosas o al menos te avisa de que te estas equivocando. Eso si, si este asesor firma mi declaracion, encantada de que me la haga...
Un saludo a todos
 
T
triz10
26/11/2008 21:38
O por ambas en el mismo año con el límite conjunto de 9015€. Si al promotor le hubiera dado 3000€ podría meter en la cuena vivienda 6015€ y desgravarse por el límite conjunto...pero como la aportación ya lo sobrepasa...Un saludo
 
El Mano
El Mano
26/11/2008 21:32
Lleva razón lauraroriguez. Solo podría desgrabarse las dos cosas si la cuenta la abriese este año y el pago a la constructora fuise el año que viene. Entonces podría desgrabarse este año por cuenta vivienda y el año que viene por compra de piso.
 
L
LauraRodriguez
26/11/2008 12:01
Os pongo la ley...por si nos aclaramos mejor...

También podrá aplicarse la deducción del 10,05 por 100 en la parte estatal, y del 4,95 por 100 en la autonómica, es decir, del 15 por 100, por inversión en vivienda por las cantidades que se depositen en Entidades de Crédito, en cuentas separadas de cualquier otro tipo de imposición, siempre que los saldos de las mismas se destinen exclusivamente a la PRIMERA ADQUISICIÓN O REHABILITACIÓN de la vivienda habitual del contribuyente, con el límite, conjuntamente con el previsto para la deducción directa por adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual, de 9.015 euros anuales.



Las cantidades depositadas habrán de destinarse a la primera adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual en un plazo máximo de cuatro años desde la apertura de la cuenta.

Las cantidades que hayan gozado de deducción por este concepto no pueden beneficiarse de la deducción por adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual cuando se destinen al pago de la vivienda.



Las cuentas viviendas deberán identificarse separadamente en la declaración del Impuesto, consignando los siguientes datos:



• Entidad donde se ha abierto la cuenta.
• Sucursal.
• Número de la cuenta.
• Fecha de apertura.
• Titular



Cada contribuyente sólo podrá mantener una cuenta vivienda.
 
L
LauraRodriguez
26/11/2008 11:56
Hola cubalidrico, yo noy asesora con lo que no le voy a quitar la razon a quien te lo haya dicho.
Si vas al programa padre de la declaracion de la renta del ultimo año en el anexo A lo dice claramente. Si estoy equivocada me viene genial...

Un saludo
 
C
Cubalidrico
26/11/2008 11:41
Como no puedo editar (o no veo como hacerlo)....

Mi respuesta anterior está basada en lo que me dijo el asesor al hacerle una pregunta parecida hace menos de un mes...

Un saludo
 
C
Cubalidrico
26/11/2008 11:38
Discrepo con tu respuesta, Laura.... Si ahora abre una cuenta vivienda, podrá desgravar el 15% de 9015 euros (en caso de que aporte esa cantidad), mas el 15% de 9015 euros por la cantidad aportada al promotor. Y puede hacerlo siempre y cuando no haya desgravado ya por lo entregado al promotor.

Un saludo
 
L
LauraRodriguez
25/11/2008 13:23
Hola
la cantidad entregada de 72.000 euros puedes desgravartela pero con un maximo de 9015 Euros.Es decir, lo maximo que te van a devolver es el 15% de 9015 Euros
Lo interesante hubiera sido que esa cantidad hubiera venido de cuenta vivienda y te hubieras desgravado cada ejercicio fiscal lo aportado a dicha cuenta vivienda tambien con ese maximo.
Si ya has pagado eso, y lo vas a desgravar da igual que te abras una cuenta vivienda porque lo maximo son 9015 Euros entre las dos cosas.
Un saludo
 
El Mano
El Mano
24/11/2008 22:35
Todas las cantidades entregadas en concepto de compra de vivienda habitual se pueden desgrabar.

La respuesta es sí puedes desgrabarte pero debes tener en cuenta que no pueden pasar más de 4 años entre la primera aportación al promotor y la firma de la escritura y que no puedes desgrabarte dos veces por el mismo dinero.
 

Fin del hilo
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