Bienvenida Maite, yo soy de la promoción 46, pero me suelo pasar por aquí de visita.
Por lo que he leido ya en varios sitios, las terrazas de los áticos se consideran zonas comunes ya que son las cubiertas del edificio y como tal es común, sin perjuicio de que sean de uso y disfrute exclusivo de los propietarios de los áticos. Eso si, como dice Bea, al ser común no se pueden cerrar ni modificar a no ser que se tenga la aprobación de la junta de vecinos y las licentias municipales pertinentes. Ale, menudo rollo os acabo de soltar.