He hablado con la oficina del consumidor y me ha dicho que, durante los dos primeros años de la caldera, si es una reparación en garantía, NO puede cobrarten nada por ley.
Aquí viene explicado, en el apartado de “Derechos de las personas consumidoras”:
http://www.kontsumobide.euskadi.eus/garantia-de-los-productos/y10-kb2tcnoc/es/
La reparación y sustitución del producto deberá seguir las siguientes normas:
- Deben ser gratuitas para las personas consumidoras (desplazamientos, transporte, mano de obra, etc.).
- Deben realizarse dentro de un plazo razonable, según la naturaleza del producto.
- Mientras dura la reparación, el cómputo de los plazos de la garantía queda suspendido hasta que la persona consumidora recibe el producto reparado.
- En el caso de la sustitución, en el momento en el que se recibe el producto nuevo se vuelve a activar el cómputo del plazo pendiente de la garantía del producto sustituido.
- Si el producto ha sido reparado pero sigue sin ser conforme, la persona consumidora puede escoger entre la sustitución del producto, rebaja del precio o la resolución del contrato. De la misma manera, si no es conforme tras la sustitución del producto, se puede elegir entre la reparación, rebaja o resolución del contrato.
También me ha dicho que, si nos cobran algo, hay que pedir una hoja de reclamaciones y tramitarla en la oficina del consumidor para que nos devuelvan el dinero.
Cada uno es libre de contratar o no el servicio de mantenimiento, pero en principio me ha dicho que todo lo que nos ofrecen en ese contrato está cubierto por la garantía
Editado por hossengor 14/8/2018 9:53