Jesús:
¿Qué opinas de que el administrador se mostrase contrario a lo que acabas de exponer?
¿Qué opinas de que previamente a la junta el administrador ante nuestras dudas nos mostró que según la interpretaión de la ley/normas/estatutos/etc era necesaria la unanimidad?
¿Cómo puede ser que tu ley horizontal sea distinta a la mostrada por un vecino, leida en la junta, y que no consideres el apartado que te copio a continuación en tu interpretacion? :
En la Ley Horizontal, no cabe mayoria simple, porque es cambiar la forma y estructura del recinto de la comunidad, y "X" vecinos se manifestaron en contra.
Art. 7/2 de la Ley de propiedad Horizontal.
2. Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.
Creo que no hay que interpretar, hay que poner la ley en manos de gente que sepa, y a día de hoy el administrador era el que más conocimiento puede albergar.