No me acaba de quedar claro Briandera: Si entras aquí:
http://albertoperalta.com/wordpress/?p=27 En el apartado "Otras precisiones de interés", primer párrafo dice lo siguiente: "Es compatible aportar cantidades a la cuenta vivienda mientras se están realizando aportaciones al promotor, con el objeto de completar el máximo de 9.015,18 euros (1.500.000 ptas.) entre los dos conceptos."
Qué opinais? Según leo en distintos sitios, no es incompatible desgravar por ambos conceptos.
También dice lo siguiente: "La cuenta vivienda puede permanecer abierta cuando se firme un contrato privado de compraventa, y hasta que se firme la escritura pública, momento en que a efectos legales se produce la adquisición y ha de cancelarse la cuenta vivienda."
No sería justo que no pudiera deducirme de 7.000 euros (en mi caso), que he ahorrado con mucho esfuerzo, y que voy a dedicar a pagar la vivienda, por el mero hecho de que haya pagado cantidades al promotor, y que por no haber podido ahorrar más no llegue al saldo del año anterior.
En fin, que esto en muy lioso, el temor ya no es no poder deducirse sino que por algún error cometido venga Hacienda a pedir devoluciones + intereses.