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B
bajomajo
17/09/2010 10:40

venta de pisos

¿Cuáles son las condiciones para vender una vivienda de precio protegido?

895 lecturas | 4 respuestas

Hola a todos.

Por ahora no tengo ninguna intencion de vender mi piso.

Pero sabeis alguno cuales son las condiciones para vender la vivienda al ser de precio protegido?

Creo que en funcion de los años que tengas la vivienda puedes venderla a un precio o a otro.

Y alguien sabe desde cuando empieza a contra, desde que firmas con hercesa y empiezas a pagar la casa, o el dia que firmas la hipoteca.

Un saludo y gracias

 
D
decoha
20/09/2010 08:40

El precio legal máximo es el que corresponde al actualmente en vigor. En 2008 hubo una subida de los módulos, que no nos afectó a nosotros, porque ya teníamos contrato firmado con Hercesa. En cifras aproximadas, lo que Hercesa nos vendió por 210 000 euros, ahora estaban pidiendo 220 000 (más o menos, porque hablo de oídas)

En efecto la Comunidad de Madrid publica en el BOCM el precio del metro cuadrado, junto con unos coeficientes según el tipo de protección y el municipio. Para ahorrarse cálculos, en la tasación de nuestras viviendas, ya se recoge el precio máximo legal de nuestras casas actualizado según la revisión de 2008.

 
otinson
otinson
18/09/2010 11:30

Supongo que te refieres al precio del metro cuadrado.

Cuando hablas del precio legal máximo que estipula la Comunidad, a que precio te refieres al que tenia la vivienda cuando la compramos o el que tiene ahora.

Porque supongo que el precio no sera el mismo ahora que hace unos 4 años cuando compramos las casas.

Un saludo y gracias

 
Vitaminas
Vitaminas
17/09/2010 16:43

Exacto, y a partir de esos 10 años, ya puedes poner el precio que quieras (otra cosa es que te lo pagen :P), al haber transcurrido el tiempo de proteccion publica.

De todos modos, como en todo.. hay gente que se salta estas reglas a la torera y vende casas de proteccion 4 dias despues de adquirirlas (sino que se lo digan a los actuales gitanos vecinos de mi tio en Vallecas, que les dan 1 vivienda de proteccion publica y la venden porque saben que poco despues les daran otra. En total a esos vecinos-chavolistas, les dieron 4 pisos hasta que se quedaron en uno. Cada uno lo pillaban a nombre de un familiar distinto).  Claro, que el gitano en cuestion es jefe de clan, con lo que seguro que hace mil chanchullos con el ayuntamiento y de ahi que pueda hacer estas cosas.

Aunque, sin ir tan lejos, se de mas de uno que ha vendido pisos de proteccion oficial o publica poco despues de adquirirlos. Venden en papel por el precio de compra, o poco mas, y el resto en B (en negro). Los que lo hacen de forma habitual, son los llamados especuladores inmobiliarios que fueron, en parte, responsables de hacer saltar la bulbuja inmobiliaria ya conocida por todos.

 
D
decoha
17/09/2010 13:25

Para vender la vivienda debes pedir autorización para su transmisión a la Comunidad de Madrid y que renuncie a su derecho de tanteo.

Además el importe se debe ajustar al precio legal máximo que estipula la Comunidad. Su cuantía figura en la tasación que hicieron de tu vivienda cuando te concedieron el préstamo hipotecario.

Durante quince años la vivienda está sometida al régimen de protección pública. No sé si se puede extinguir este régimen a los diez años previa solicitud de descalificación.

El plazo de quince años entiendo que empieza a contar desde la firma de la escritura en la notaría, porque anteriormente se supone que no podíamos transmitir la vivienda (era una de las cláusulas del contrato que firmábamos con Hercesa).

 

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