Volver al foro
A
arturo_amparo
24/05/2010 13:00

El Supremo anula un plan casi ejecutado de 3.381 viviendas en la costa por su efecto panta

¿Cuáles son las implicaciones de la anulación de un plan de viviendas en la costa por su efecto pantalla?

3.807 lecturas | 5 respuestas

¿Alguna idea de las implicaciones que esto puede tener?

http://www.levante-emv.com/comunitat-valenciana/2010/05/24/supremo-anula-plan-ejecutado-3381-viviendas-costa-efecto-pantalla/708105.html

 

El Supremo anula un plan casi ejecutado de 3.381 viviendas en la costa por su efecto pantalla

La sentencia crea jurisprudencia y supone un aviso para futuras edificaciones en el litoral El alto tribunal anula el plan parcial Sector Playa de Almenara porque incumple el artículo de la Ley de Costas que impide "acumular volúmenes" que superen la edificabilidad media del municipio

LAURA BALLESTER VALENCIA El Tribunal Supremo ha anulado el programa de actuación integrada (PAI) Sector Playa de Almenara, aprobado por el ayuntamiento en 2003 y ya casi ejecutado, por incumplir la Ley de Costas y construir una "pantalla arquitectónica" en la zona de reserva de dominio público marítimo terrestre. La sentencia, que sienta jurisprudencia, supone un aviso a navegantes para las murallas de edificios que aún se pretenden construir en la costa que podrían llegar a anularse, si algún afectado inicia una demanda como ha sido el caso de esta población de la Plana de Baixa de más de 5.000 habitantes y gobernada por el PSPV-PSOE.
La anulación del Sector Playa de Almenara la han impulsado una docena de propietarios de viviendas edificadas en la misma playa, en un suelo que el Plan Especial de Ordenación del Grao de Almenara, de 1973, clasificaba como urbano. En 1981, las normas subsidiarias municipales dividieron la zona litoral en diez sectores. En uno de ellos se incluyeron las casas de los demandantes. En 1999, el Ayuntamiento de Almenara aprobó un concierto previo en el que redujo a dos los diez sectores urbanizables en la playa "para proceder a un crecimiento moderado y respetuoso con la franja litoral". En 2001, la empresa Promometa SL (perteneciente al grupo Astroc del empresario Enrique Bañuelos) presentó el PAI Sector Playa, que fue aprobado definitivamente por el Ayuntamiento de Almenara el 21 de enero de 2003. La docena de propietarios que presentaron la demanda, recurrieron el PAI porque los terrenos en los que fueron incluidos sus viviendas se declararon suelo agrícola de especial protección (lo que elevaba a cifras astronómicas las cuotas de urbanización que debían pagar al ser incluidos en el nuevo PAI). De ahí que decidieran presentar un recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) que inicialmente dio la razón al Ayuntamiento de Almenara. Esta sentencia del TSJ ha sido ahora anulada por el alto tribunal.

La suspensión del Supremo
El Supremo anula el PAI Sector Playa de Almenara porque incumple el artículo 30 de la Ley de Costas de 1988 que obliga a "evitar la formación de pantallas arquitectónicas o acumulación de volúmenes sin que, a estos efectos, la densidad de edificación pueda ser superior a la media del suelo urbanizable programado o apto para urbanizar en el término municipal respectivo".
Los doce propietarios, representados por el abogado José Luis Ramos, alegaron ante el TSJ (que no tuvo en cuenta este argumento) y ante el Supremo (que lo ha admitido) que el artículo de la Ley de Costas se había infringido porque "los terrenos del Plan Parcial Sector Playa se encuentran en la zona de reserva de 500 metros del dominio público marítimo-terrestre y supone un considerable aumento de la edificabilidad y del número de viviendas permitido".
El Plan Parcial y PAI Sector Playa, que modificó las normas subsidiarias de Almenara a través de una homologación, "amplió la superficie de suelo urbanizable que en 1981 era de 479.700 m2 a 676.226 m2 en 2001; la edificabilidad máxima pasó en los mismos años de 191.800 m2 a 338.000 m2 y el número máximo de viviendas se elevó de 1.199 a 3.381 pisos", según detallaron los demandantes en su recurso.
Durante el contencioso tanto el TSJ como el Supremo requirieron al Ayuntamiento de Almenara para que aportara pruebas documentales de que la edificabilidad del PAI Sector Playa no era superior a la media del suelo apto para urbanizar todo el municipio. Ni a uno ni a otro tribunal dio "el Ayuntamiento de Almenara una respuesta mínimamente consistente" sino que ofreció una "incompleta y evasiva respuesta" en la que sólo informaba de las diferencias de edificabilidad en el sector Playa en 1981 y 2001.
Por tanto, el Supremo entiende que "debe considerarse acreditado que el Plan Parcial impugnado permite una densidad de edificación superior a la media del suelo urbanizable programado o apto para urbanizar en el término de Almenara" y que debe imputarse al Ayuntamiento de Almenara la falta de acreditación de la diferencia exacta de edificabilidad prevista entre el sector objeto de controversia y la media del suelo urbanizable del término municipal; no sólo porque el ayuntamiento dispone de ese dato y, sin embargo, no lo puso de manifiesto en sus escritos de contestación a la demandada y de conclusiones, sino porque, además, tampoco lo proporcionó cuando expresamente fue requerido para ello en periodo de prueba".

 
joalfe10
joalfe10
29/05/2010 10:52

se sabe algo nuevo de todo esto?? gracias

 
A
arturo_amparo
25/05/2010 22:52

eso parece, que sólo afectará a lo que quieran construir a partir de ahora. Parece que van a tener que reducir la edificabilidad bastante de ahora en adelante.

 
joalfe10
joalfe10
25/05/2010 21:40

Por lo que parece a nuestras viviendas no afecta, no??

 
A
arturo_amparo
25/05/2010 10:04

Pues parece que sí van por ahí los tiros Blanca. Esto aparece hoy en el Levante

http://www.levante-emv.com/portada-castello/2010/05/25/almenara-debe-reducir-edificabilidad-playa/708474.html

Almenara debe reducir la edificabilidad en la playa

El consistorio tendrá que rebajar el número de viviendas previstas para atender el fallo del Tribunal Supremo

VICTORIA SALINA ­
El Ayuntamiento de Almenara tendrá que rebajar el número de viviendas previstas en el PAI Sector Playa, atendiendo al fallo del Tribunal Supremo que ha declarado nulo el acuerdo de aprobación de este programa de actuación integrada y, con él, todos los actos posteriores desde 2003. En el PAI, ahora anulado, estaba prevista la construcción de 3.381 viviendas de las que, no llega a una tercera parte, están terminadas.
Ésta será la tarea más inminente que se le plantea al ejecutivo del socialista Vicent Gil –cuyo gabinete se negó ayer explícitamente a dar ninguna respuesta al respecto de la anulación judicial– tras conocerse la resolución del Alto Tribunal que ha atendido las alegaciones de un grupo de propietarios de viviendas consolidadas en primera línea que no fueron incluidos en su día en el sector. El consistorio de Almenara tendrá que volver a aprobar un programa de actuación integrada que respete la Ley de Costas y evite, como ha alertado el Supremo, construir una pantalla arquitectónica en primera línea de playa previendo menos pisos. El nuevo planeamiento deberá rebajar, por lo tanto, la edificabilidad en todo el sector, ya que uno de los motivos de la anulación ha sido la ampliación sin justificación del suelo urbanizable y del número máximo permitido de viviendas en unos terrenos situados en la zona de reserva del dominio público marítimo-terrestre, donde se debe evitar la creación de «moles» urbanísticas.
Así lo recordaba ayer el abogado que ha defendido la causa de los propietarios de primera línea, José Luis Ramos, que auguró un largo proceso para poner en orden el planeamiento de este sector de 676.226 metros cuadrados. «Ahora mismo el sector Playa es una zona de suelo urbanizable no programado sin ningún instrumento de ordenación, donde habrá que hacer un nuevo plan parcial, un programa de actuación y una reparcelación, aunque todos los actos que se consideren válidos podrían ser convalidados», explicó Ramos. Los demandantes, que esperan ahora ser incluidos en este nuevo proceso, prefirieron ayer guardar silencio sobre el fallo del Supremo.
El consistorio de Almenara deberá además asumir las indemnizaciones que se deriven de la sentencia del Tribunal Supremo, extremo difícil de concretar por ahora. Aún tendrá que pasar un tiempo hasta que se ejecute efectivamente la sentencia y se concrete cómo los propietarios, promotores y la urbanizadora (Promometa SL, del grupo Astroc) pueden ver perjudicados sus intereses y, por lo tanto, demandar una compensación económica por ello ante la administración responsable, en este caso, el consistorio.

Viviendas acabadas
Según consta en la sentencia, queda acreditado que este PAI, que recibió las bendiciones municipales y de la conselleria del área para salir adelante, infringió la Ley de Costas en este apartado permitiendo un «considerable aumento de la edificabilidad y del número de viviendas permitido» de 1.199 a 3.381 en todo el sector.
De ellas cerca de una tercera parte están acabadas y no todas han salido a la venta. La rebaja directa de la edificabilidad en el sector podría comprometer los planes de la urbanizadora, que ya tiene vendidas al menos 524 viviendas en todo el sector, aunque es plausible que pueda compensar la pérdida de edificabilidad con otros terrenos aún sin construir, salvando así las promociones ya vendidas. Además de este medio millar de viviendas, existe otra promoción ya entregada y otro residencial de más de 200 viviendas que saldrán al mercado este verano.
En una de estas promociones, Nova Almenara, los vecinos dicen estar tranquilos ante la resolución del Supremo. Entienden que será «complicado» que las viviendas ya construidas se vean «afectadas». «Ya estamos pagando al ayuntamiento y hace tiempo que están vendidas, no estamos inquietos», aseguraron, aunque tienen previsto contactar en breve con sus representantes legales y con el ayuntamiento para intentar clarificar cómo les puede afectar el fallo.
Los vecinos de esta promoción de 524 viviendas ya se movilizaron en su día ante el retraso de la promotora en entregarles sus viviendas en una urbanización que aún no está terminada.

 
B
blanca2009
24/05/2010 18:50

No creo que nos tengamos que preocupar, en todo caso nos va a beneficiar en que no van a construir tanto como tenian previsto y tendran que modificar el pai para poder empezar a construir otra vez.

 

Fin del hilo
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento