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Tania_Lazaro
27/09/2008 00:06

IBI

¿Tenemos derecho a bonificación del 50% en las anualidades del IBI por tener vivienda de protección oficial?

1.748 lecturas | 7 respuestas
Hola a todos,
creo que tenemos derecho a una bonificacion del 50% de las 3 primeras anualidades del IBI o al menos hace unos años era asi por tener vivienda de proteccion oficial ¿alguien sabe algo mas sobre el tema?
Espe, se que al menos hace unos años se podia solicitar por el Administrador de la Comunidad ¿podrias decirle de mirarlo?
Gracias
 
V
vilvi75
19/11/2008 10:17
Muchas gracias, me quedo mas tranquila.
 
V
voltios
18/11/2008 17:51
Este es el recibo de este año, no tienen que venir nada mas hasta el proximo año, los que pidieron la bonificacion les entrara en vigor el año que viene.

 
V
voltios
18/11/2008 17:47
La plaza entra en el de 300 y 30 es de la segunda plaza
 
V
vilvi75
18/11/2008 10:20
Hola a todos, he ido al ayuntamiento y me han dado el IBI, 300 por un lado de vivienda y casi 30 de garaje. No se si aqui ya entra la otra plaza de garaje o me tiene que llegar algo mas, con esto se queda todo liquidado? Si alguien sabe algo que me diga, no me apetece encima pagar recargos.
Muchas gracias.
 
H
HeadShak
17/11/2008 08:58
Pues esp: 300 del 2007 + 300 del 2008.... y la bonificación para el año que viene que ya no se puede. Y a pagar haste el 20 de Dciembre.

La cuota primera no la pagaba Nuevo tres cantos???


Hala, feliz navidad
 
F
flug
10/11/2008 14:30
cavipas dijo:

¿Vosotros ya lo habéis pagado alguna vez? Nosotros no lo hemos pagado desde que vivimos aquí...
¿Tenemos que ir a pagarlo o nos debe llegar alguna notificación?

Gracias por la información.


no, todavía no hemos pagado ningún año. Pero cuando llegue el aviso tendremos que pagar el año en cuestión y los atrasados desde que nos dieron la vivienda.Imagino que desde el Ayuntamiento enviarán avisos de pago a los domicilios y el primer año habrá que pagar el impuesto en banco directamente en ventanilla, pero luego lo podremos domiciliar.
 
F
flug
17/10/2008 12:58
Me parece que hay que solicitarlo en el ayuntamiento indicando los datos de la vivienda y la referencia catastral. Lo podéis solicitar presentando una solicitud en el Registro del Ayuntamiento.
 

Fin del hilo
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