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Iragora
19/12/2020 13:09

Una ficción sobre el ‘caso Alsasua’ agita el debate político en Euskadi.

¿Qué hay detrás de la polémica por la serie Altsasu sobre el caso Alsasua?

83 lecturas | 2 respuestas

ALSASUA

Una ficción sobre el ‘caso Alsasua’ agita el debate político en Euskadi

PP y Ciudadanos piden a la dirección de ETB la retirada de la serie ‘Altsasu’, sobre la agresión de unos jóvenes ‘abertzales’ a dos guardias civiles en 2016

MIKEL ORMAZABAL

San Sebastián - 19 DIC 2020 - 01:27 CET

La agresión sufrida en la madrugada del 15 de octubre de 2016 por dos guardias civiles fuera de servicio, que estaban en un bar de Alsasua (7.400 habitantes, Navarra) junto a sus novias, ha saltado de los juzgados a la ficción televisiva. Altsasu, miniserie de ETB grabada en euskera, parte de la paliza que dieron a los agentes ocho jóvenes abertzales del pueblo, que fueron detenidos, procesados y finalmente condenados a penas que van desde un año y medio hasta los nueve años y medio de prisión. Y se ha colocado al centro de una polémica política en Euskadi, entre acusaciones a la televisión pública vasca de tomar partido por los agresores.

 

La productora, Baleuko, la presenta como “una ficción basada en hechos reales”: “Ocho jóvenes, de cuadrillas e intereses diferentes, y sin relación sólida entre ellos, se vieron envueltos en un proceso judicial común, acusados de formar un grupo organizado y participar en una reyerta nocturna en un bar con dos miembros de la Guardia Civil fuera de servicio”. La difusión el pasado 9 de diciembre del primero de los cuatro episodios de que consta la serie ya ha abierto la polémica. PP y Ciudadanos han exigido a la dirección de la televisión pública vasca la retirada “inmediata” de la ficción por su falta de neutralidad, una crítica a la que también se ha sumado el colectivo de víctimas del terrorismo Covite, que en su día interpuso la denuncia contra los agresores.

 

En un bar casi a oscuras, en medio del bullicio, las copas y la música de fondo, unas luces de neón dejan entrever lo que ocurre dentro del bar Koxka. Llega el momento crucial. La chispa que enciende la trifulca se narra en Altsasu como una provocación en la que intervienen a partes iguales un joven radical y un sargento envalentonado.

 

Aitor se despide de unos amigos y entra en la taberna, donde ya están tomando unas copas los dos guardias civiles y sus parejas. “Con gente así, mañana vas a tener que desinfectar todo el bar”, le dice al barman tras comprobar que los dos agentes estaban en el Koxka. “¿Qué se creen esos hijos de puta?”, comenta después Aitor rodeado de sus amigos: “Ese tipo me ha puesto tres multas esta semana. Tres”. Desde el otro extremo de la barra, Carlos, el guardia más templado, ve venir lo peor y reacciona: “Creo que es mejor que nos marchemos”. La situación se pone tensa cuando el joven abertzale y el guardia más impulsivo se encaran, primero desde la distancia, después uno frente al otro:

 

- “¿Tienes algún puto problema?”, le grita a lo lejos el sargento.

 

- “¿Qué dices tú? Mucha cara tenéis vosotros, me cago en Dios”, le responde Aitor en tono desafiante y a un palmo del sargento. “Os pasáis toda la semana crujiendo a la gente a multas y ¿qué venís ahora, a reíros de nosotros?”.

 

- “Aitor, por favor mantengamos la calma, márchate, haz el favor”, interviene el teniente tratando de serenar los ánimos, sin conseguirlo.

 

- “Aitor, Aitor [será> tu puta madre, subnormal. ¿Tú cómo sabes mi nombre? Marchaos vosotros, sois vosotros los que se tienen que largar de aquí”, le espeta el joven.

 

Hasta ahí, una típica discusión de tasca durante una juerga con la música subida de volumen y el alcohol desaforado. Lo explícito de las imágenes hasta ese momento se torna confuso tras la bulla para dar pábulo a la interpretación del telespectador. De repente todo el bar se queda vacío y se escuchan de fondo gritos de dolor que vienen del exterior. Ya se ha consumado la paliza, pero Altsasu no muestra cómo se ha producido la agresión, ni quiénes han intervenido en esta. El reparto de culpas queda en el aire.

Vecinos y amigos de los dos detenidos por agredir a dos Guardias Civiles y sus parejas en Alsasua, en una manifestación en 2019. En vídeo, ¿qué pasó en Alsasua?FOTO: EFE | VÍDEO: EPV

El guion de Altsasu, cuenta su director, Asier Urbieta, está escrito a partir de lo recogido en las 450 páginas que transcriben las tres semanas del juicio celebrado en 2018 en la Audiencia Nacional y de los testimonios de los ocho condenados por delitos de atentado a agentes de la autoridad, lesiones, desórdenes públicos y amenazas. “Me sorprendió lo generosos que fueron los jóvenes y cómo se abrieron para contarnos una experiencia que dura ya cuatro años. A nosotros nos hubiese encantado tener los testimonios de los guardias civiles. Lo intentamos, pero no lo conseguimos”, explica ajeno a una presión mediática que no le “incumbe”.

 

“La ETB tiene una fijación enfermiza por colocar a la Guardia Civil como provocadora y autoritaria mientras que los agresores aparecen retratados como pobres víctimas de una manipulación”, denunció el parlamentario de PP-Ciudadanos Luis Gordillo. La serie consta de cuatro capítulos y arranca reflejando precisamente la animadversión que existe entre ambos bandos: “Que se jodan, si no les gusta ser españoles, que se larguen”, dice el sargento tras dejar marchar en un control nocturno a Aitor, uno de los cabecillas del movimiento Ospa (Fuera en euskera) que reivindica en Alsasua la marcha de la Guardia Civil de este municipio euskaldun y de fuerte implantación nacionalista

 

Los dos primeros episodios se mueven en el género del thriller, el tercero es un drama y el último capítulo semeja una película sobre juicios, explica Urbieta. Altsasu pretende “aportar una visión humana de las personas y reflejar cómo han cambiado la vida de los jóvenes a partir de aquel día”, comenta el director de ETB, Eduardo Barinaga. Todo está pegado a los hechos y, según su creador, “se centra más en los sentimientos de los jóvenes que en las ideologías”.

 

Nada que ver con la visión que ofrece Covite, que acusa a EiTB de “promover una falsa teoría del conflicto inclinando la balanza a favor de los terroristas y sus justificadores” a través de una política que veta la emisión de documentales sobre las víctimas de ETA realizados por Iñaki Arteta, pero programa otros, como Los niños de la mochila, que “trata a los hijos de los terroristas como víctimas”.

 

En Altsasu los ocho jóvenes ya duermen en sus celdas tras ser apresados —”Queda usted detenida por amenazas terroristas”, le dicen a una de las acusadas—, queda por ver cómo relata la serie todo el movimiento popular y político, capitalizado e impulsado por la izquierda abertzale y todo el espectro nacionalista en el País Vasco y Navarra, que se suscitó tras la detención de los agresores y las condenas que les impuso primero la Audiencia Nacional, rebajadas después por el Supremo.

 
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Iragora
19/12/2020 13:32

RECORDEMOS QUE EL SUPREMO DIJO CLARO QUE LA AGRESION A LOS GUARDIAS CIVILES EN ALTSASU NO FUE TERRORISMO.....ENTONCES YO ME PREGUNTO, SE PODRIA LLEVAR A COVITE A LOS TRIBUNALES POR ACUSARLES DE TERRORISTAS??

LA FISCALIA DEL SUPREMO ASUME QUE LA AGRESION A LOS GUARDIAS CIVILES DE ALSASUA NO FUE TERRORISMO

La acusación pública pide al alto tribunal que rechace la petición de absolución de los ocho condenados

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FERNANDO J. PÉREZ

Madrid 3 JUN 2019 - 20:54 CEST

Inicio del juicio del caso Alsasua, en la Audiencia Nacional, el 16 de abril. En vídeo, así te contamos en abril de 2018, cuando comenzó el juicio, qué pasó en Alsasua. POOL EUROPA PRESS / VÍDEO: EPV

La Fiscalía asume ya que la agresión a un teniente y a un sargento de la Guardia Civil, y a las parejas de estos, en Alsasua (Navarra) el 15 de octubre de 2016 no tuvo carácter terrorista. La acusación pública no hace referencia alguna al terrorismo en el informe por el que pide al Tribunal Supremo que desestime las peticiones de absolución de los ocho jóvenes condenados por la Audiencia Nacional por delitos de lesiones, desórdenes públicos y amenazas con agravante de odio por aquel ataque a los miembros del instituto armado.

 

 

 

 
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Iragora
19/12/2020 13:17

ANTECEDENTES

CASO ALSASUA

El Supremo rebaja la condena a los ocho acusados de Alsasua

El tribunal impone penas de entre un año y medio y nueve años y medio al eliminar la agravante de discriminación

Vista de la manifestación en marzo en Alsasua en apoyo a los detenidos por la agresión a los guardias civiles. En vídeo, qué pasó en Alsasua. VILLAR LÓPEZ (EFE) / VÍDEO: EPV

El Tribunal Supremo ha rebajado la pena a los ocho condenados por las agresiones contra un teniente y un sargento de la Guardia Civil y sus novias ocurridas en un bar de Alsasua en octubre de 2015. La Audiencia Nacional les impuso penas de entre dos y 13 años de prisión por delitos de atentado a los agentes de la autoridad, lesiones, desórdenes públicos y amenazas, pero todos recurrieron al Supremo y el alto tribunal ha estimado parcialmente el recurso y ha reducido las condenas en casi cinco años para algunos de ellos. Tras la sentencia del Supremo, la horquilla de penas queda entre un año y medio y nueve años y medio de cárcel.

 

Antes del juicio celebrado en la Audiencia Nacional algunos de los acusados se enfrentaban a una petición de pena de 52 años de prisión. Pero la Audiencia rechazó que la agresión a los guardias civiles fuera un delito de terrorismo, lo que ya implicó una importante reducción de penas respecto a lo que pedían las acusaciones. La Fiscalía renunció a pedirle al Supremo que se replanteara esa decisión, por lo que el tribunal solo podía mantener las penas o bajarlas.

 

El Supremo considera que hay pruebas para mantener las condenas por delitos de atentado a agentes de la autoridad, lesiones, desórdenes públicos y amenazas, salvo en dos condenas por lesiones impuestas a Aratz Urrizola y otra por el mismo delito del acusado Iñaki Abad. Pero el tribunal rebaja la pena al retirarles la agravante de discriminación y la de abuso de superioridad en el caso del delito de atentado de autoridad. Además, ha suprimido a dos acusados alguno de los delitos de lesiones por falta de pruebas. Dos magistrados (Vicente Magro, que es el ponente de la sentencia, y Antonio del Moral) han firmado un voto particular favorable a haber mantenido la agravante de discriminación. La Sala de lo Penal sí ha ratificado las responsabilidades civiles por el daño psicológico y moral causado a las víctimas, así como por las lesiones físicas.

 

El tribunal señala que los hechos “son execrables y reflejan una motivación abyecta”. Pero considera que no se les puede aplicar la agravante de discriminación porque esta se basaba en el hecho de que el ataque se produjo al constatar que los hombres eran miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado. Y como ya se les ha condenado por delito de atentado a la autoridad, si se les aplicara esa agravante se estaría castigando dos veces el mismo hecho. “El que fuesen guardias civiles ya ha sido tenida en cuenta para conformar la tipicidad del delito de atentado”, advierte la sala.

 

Además, los magistrados del Supremo consideran que los hechos probados no describen una situación de discriminación por razón de ideología, como había mantenido la Audiencia Nacional. Los magistrados indican que la ley, al establecer el agravante de discriminación, otorga protección a las personas vinculadas a colectivos discriminados, pero la sentencia cree que esta situación no se da en este caso. El artículo 22.4 del Código Penal, recuerda el Supremo, hace referencia a motivos racistas, antisemitas, religiosos o por creencias de la víctima, etnia, raza o nación a la que pertenezca, sexo u orientación sexual, razones de género, enfermedad que padezca o discapacidad. “Es decir, se trata de colectivos que presentan unas situaciones objetivas de vulnerabilidad que el legislador tiene en cuenta para proteger de forma especial y conformar un modelo social de tolerancia y de convivencia pacífica, sancionando conductas que perturban o ponen en peligro esa convivencia pacífica, al tiempo que persigue conformar una sociedad basada en la necesaria tolerancia”, señala la sala.

 

El Supremo también retira la agravante de abuso de superioridad respecto a los delitos de atentados a agentes de la autoridad, porque no cabe aplicar esta agravante en ese delito. Y lo mantiene en los delitos de lesiones.

 

Con las penas ajustadas por el Supremo, las condenas para cada acusado quedan así:

Ohian Arnanz Ciordia

 9 años y medio de prisión por un delito de atentado a agentes de la autoridad en concurso ideal con un delito de lesiones (2 años y medio); tres delitos de lesiones con concurrencia de la agravante de abuso de superioridad (2 años por cada uno); y delito de desórdenes públicos (1 año). La Sala de Apelación de la Audiencia Nacional le había condenado a 13 años.

 

Jokin Unamuno Goicoetxea y Adur Ramírez de Alda Pozueta

8 años y medio de prisión para cada uno por un delito de atentado a agentes de la autoridad en concurso ideal con un delito de lesiones (2 años y medio); y tres delitos de lesiones con agravante de abuso de superioridad (2 años por cada uno). Ambos fueron condenados por la Audiencia a 12 años de prisión.

 

Jon Ander Con Amilibia y Julen Goikoetxea Larraza

7 años y medio de prisión para cada uno por un delito de atentado a agentes de la autoridad (2 años y medio) y tres delitos de lesiones con la agravante de abuso de superioridad (1 año y 8 meses por cada delito). Venían condenados por la Audiencia a un total de 9 años de prisión cada uno.

 

Aratz Urrizola Ortigosa

4 años y 2 meses de prisión por un delito de atentado a los agentes de la autoridad en concurso ideal con un delito de lesiones (2 años y 6 meses) y un delito de lesiones con la agravante de abuso de superioridad (1 año y 8 meses). La Audiencia le condenó a 9 años.

 

Inaki Abad Olea

3 años y 6 meses de prisión por un delito de atentado a agentes de la autoridad en concurso ideal con un delito de lesiones (2 años y medio) y desórdenes públicos (1 año). La Sala de Apelación de la Audiencia le condenó a 6 años.

 

Ainara Urkijo Goikoetxea

1 año y 6 meses de prisión por delitos de desórdenes públicos (1 año) y amenazas (6 meses). Fue condenada por la Audiencia a 2 años de prisión.

 

Todos menos Urquijo están en la cárcel. La reducción de penas del Supremo puede implicar que, cuando se les descuente el tiempo que llevan en prisión, a alguno de los acusados les quedará ya poco tiempo que cumplir. En cualquier caso, la ley establece que cuando un acusado es condenado por varios delitos, el cumplimiento máximo de la pena nunca superará el triple de la condena más alta impuesta. En este caso, la pena más alta es de dos años y medios (por el delito de tentado a la autoridad), por lo que ningún acusado estará en la cárcel más de siete años y medio.

 

Fin del hilo
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