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CristinaCM
19/11/2006 13:31

Revisión del Contrato

¿Qué implicaciones tiene la nueva ley sobre las V.P.O. en mi contrato con la EMV?

850 lecturas | 1 respuestas
Después de una conversación con un familiar, he revisado el contrato que firmé con la EMV.
Por lo que me han contado, ha salido una nueva ley (esto tengo que contrastarlo) en la cuál las V.P.O. sólo podrán ser "descalificadas" a los 10 años, y en caso de querer venderla en un plazo de 30 años, se deberá primero proponer a la EMV o al Ayuntamiento. En el contrato indica que a los 5 años la vivienda puede ser "descalificada" y que antes de los 10 años, en caso de venta hay que notificarlo a la EMV y sólo puede ser vendido al precio estipulado en ese momento para una V.P.O. aunque se hayan abonado todas las costosas tasas para que deje de serlo.
Por otro lado, he seguido leyendo, y en la estipulación décimotercera punto c se indica que cuando vayamos a firmar las escrituras, debemos presentar la declaración del Impuesto sobre al Renta de las Personas Físicas del último año.
Esto a mí me ha causado una gran preocupación, ya que, cuando yo entregué mi documentación para formar parte del sorteo, mi renta estaba dentro de la media indicada en los requisitos que la E.M.V. impuso, pero cuando fuí adjudicataria y tuve que pedir un préstamo para poder dar lo que me pedían a la entrada y las cuotas mensuales y extras de la vivienda, tuve que buscar un trabajo en el que me pagaran más dinero para poderlo hacer frente, y aún así todo el sueldo se me va en eso (por lo que tengo que vivir de mis padres). Mirando los requisitos que se exigían, he visto que ahora me paso, por poco pero me paso, ¿Qué pasará ahora? ¿Me denegarán el piso? Y en ese caso, ¿Me devolverán todas y cada una de las cuotas que he pagado?
Por favor, si alguien puede contestarme...
Gracias.
 
C
CristinaCM
22/11/2006 20:08
Hola a tod@s:

Ya está solucionada mis dudas. He ido a hablar con las chicas de la EMV y me han comunicado que respecto a la "descalificación" de la vivienda no tienen noticias de ninguna nueva ley, por lo que se mantiene lo estipulado por contrato.

Con respecto a lo de la subida del sueldo, me notificaron que es "ley de vida" que vayamos encontrando trabajos mejores que conlleven mejora salarial, lo cual aceptan siempre y cuando no supere los 45.000 € anuales (¡Ya me gustaría a mi! jejejje).

Saludos,
 

Fin del hilo
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